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Document 52020DC0440

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Adaptación del programa de trabajo de la Comisión para 2020

COM/2020/440 final

Bruselas, 27.5.2020

COM(2020) 440 final

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

Adaptación del programa de trabajo de la Comisión para 2020


1.Un contexto nuevo y cambiante

El 29 de enero, la Comisión Europea adoptó su programa de trabajo para 2020. En él se expusieron las iniciativas más importantes para este primer año de mandato de la Comisión y vieron la luz las seis grandes ambiciones expuestas en las orientaciones políticas de la presidenta von der Leyen, así como las prioridades esenciales para el Parlamento Europeo y las incluidas en la Agenda Estratégica del Consejo Europeo para 2019-2024.

El programa de trabajo de la Comisión se adoptó antes de que se extendiera por toda Europa la crisis provocada por la COVID-19. Lo que se inició con casos aislados se convirtió rápidamente en una crisis de salud pública, una crisis económica de una magnitud sin precedentes y una pandemia de proporciones globales y trágicas. En el espacio de unas pocas semanas, Europa tuvo que enfrentarse a un reto inmediato y sin precedentes que afectaba en diferentes grados a todos los países, regiones y personas. Los sistemas de asistencia sanitaria se vieron confrontados a una situación límite y los trabajadores situados en primera línea fueron llamados a asumir una tarea heroica. Se tomaron medidas sin precedentes para confinar nuestras sociedades y economías y contener la propagación del virus. Las medidas rápidas y generalizadas que se han adoptado a escala de la UE han contribuido a amortiguar el golpe.

A lo largo de este período, la Comisión Europea ha centrado su dedicación constante en proteger vidas y medios de subsistencia: desde poner a disposición todos los fondos restantes del presupuesto de la UE hasta crear una reserva de equipos médicos. Utilizó la flexibilidad de las normas presupuestarias y sobre ayudas estatales más que nunca, y propuso la creación de SURE, un nuevo instrumento de la UE para mitigar los riesgos de desempleo y apoyar a los trabajadores. Tomó decisiones sobre cuestiones como las importaciones libres de derechos de bienes esenciales y formuló propuestas en materia de transporte, comercio, apoyo a los países socios y muchas cosas más. Publicó una serie de directrices sobre multitud de aspectos, desde la gestión de las fronteras a los derechos de los pasajeros, y presentó una hoja de ruta para llevar a cabo el levantamiento seguro y gradual de las medidas de contención.

La Comisión ha adoptado desde el inicio de la crisis 291 decisiones y otros actos. Casi ninguno de ellos estaba previsto ni figuraba en el programa de trabajo de la Comisión para 2020. Ello refleja la urgencia y lo dramático de la situación, así como la rapidez con la que la Comisión ha tenido que pasar de los objetivos a largo plazo a centrarse en la gestión inmediata de la crisis.

Gracias a los esfuerzos colectivos, realizados sobre todo por los ciudadanos, por invertir la tendencia, la propagación del virus se ha ralentizado y se ha reducido en toda Europa. Si bien toda recuperación dependerá de cómo gestionemos el virus y cómo convivamos con él en el futuro próximo, también requerirá un apoyo rápido y flexible e invertir donde más se necesite. Eso es lo que la Comisión ha presentado hoy con el Plan Europeo de Recuperación 1 , que incluye un nuevo Instrumento de Recuperación dentro de un marco financiero plurianual renovado.

Formando parte del paquete adoptado hoy, la Comisión adapta también su programa de trabajo para 2020. La adaptación se basa en dos principios. En primer lugar, la Comisión está decidida a cumplir los compromisos asumidos en su programa de trabajo. En segundo lugar, debido a la naturaleza y magnitud de esta crisis y a la necesidad de centrarse en su gestión, es preciso revisar el calendario de algunas de las acciones propuestas. El anexo I del programa de trabajo para 2020 se ha actualizado en consecuencia.

Al mismo tiempo, la recuperación necesitará orientaciones políticas sólidas e inversión. Esto se resume en mayor detalle en la Comunicación sobre el Plan de Recuperación para Europa y se reflejará en mayor medida en las nuevas propuestas mencionadas en la carta de intenciones de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo con ocasión del discurso sobre el estado de la Unión pronunciado por la presidenta von der Leyen en septiembre. Estas formarán parte integrante de un programa de trabajo exhaustivo de la Comisión para 2021, que se aprobará en octubre de este año.

2.Ejecución del programa de trabajo de la Comisión: plazos diferentes, ambiciones reforzadas

Las prioridades establecidas en las orientaciones políticas de la presidenta von der Leyen y en el programa de trabajo de la Comisión para 2020 son más importantes que nunca, dada la necesidad de que Europa resurja de la crisis. Cada vez es más acuciante la necesidad de acelerar las transiciones ecológica y digital, construir una Europa más justa con una economía al servicio de los ciudadanos, reforzar nuestro mercado único y su autonomía estratégica, difundir nuestros valores, fomentar nuestra democracia y asumir nuestras plenas responsabilidades como actor geopolítico a escala mundial. Todo ello impulsará la recuperación de Europa y creará una Europa más resiliente, sostenible y justa.

Por ello, la Comisión se ha comprometido plenamente a cumplir todas sus iniciativas principales en el contexto de las seis grandes ambiciones. Los ligeros retrasos previstos en una serie de iniciativas reflejan la necesidad de aprender de esta crisis y asimilar las enseñanzas, a fin de disponer de tiempo para una consulta adecuada o de garantizar que se respeten los principios de mejora de la legislación. Asimismo, deja el tiempo necesario para que las propuestas se debatan exhaustivamente con las partes interesadas pertinentes, sean adoptadas rápidamente por los colegisladores y aplicadas adecuadamente por las autoridades nacionales, y todo ello en un momento en el que seguimos gestionando una crisis de salud pública.

Las iniciativas que son esenciales o apoyan la recuperación inmediata se adoptarán según lo previsto inicialmente en el programa de trabajo de la Comisión. Entre ellas cabe citar la Estrategia de integración sectorial inteligente, la Estrategia «Oleada de renovación», la Estrategia de movilidad sostenible e inteligente, la Norma sobre servicios digitales, el Refuerzo de la Garantía Juvenil o el Libro Blanco sobre un instrumento de subvenciones extranjeras.

Tan pronto como sea posible, se adoptará una serie de importantes iniciativas urgentes que se retrasaron debido a la pandemia, en particular el nuevo Pacto sobre Migración o la Agenda actualizada de capacidades para Europa. Otras se retrasarán hasta finales de año o principios del año próximo, de modo que puedan prepararse y consultarse adecuadamente.

El lugar en el que se ha situado cada iniciativa en los anexos adaptados no modifica las responsabilidades atribuidas en las cartas de mandato que la presidenta von der Leyen envió a cada uno de los miembros del Colegio.

La Comisión seguirá colaborando estrechamente con el Parlamento Europeo y el Consejo sobre las iniciativas ya puestas en marcha este año. También seguirá colaborando con las regiones, las ciudades, los interlocutores sociales, la sociedad civil y los ciudadanos sobre las iniciativas propuestas o futuras.

3.Mejora de la legislación y prospectiva estratégica

La crisis ha demostrado lo vital que es para los responsables políticos tomar decisiones con conocimiento de causa, sobre la base de datos sólidos y una evaluación de todas las opciones disponibles y de sus probables repercusiones. Esta es la razón por la que los principios de mejora de la legislación deben seguir siendo parte esencial de nuestro proceso legislativo. La Comisión presentará más adelante este año su Comunicación «Legislar mejor».

La crisis también refuerza la necesidad de aligerar la carga normativa innecesaria en un momento en que Europa está obligada a impulsar su economía. En este sentido, la Comisión va a crear en las próximas semanas la Plataforma Fit-for-Future («Adecuación al Futuro»), con el fin de implicar a las partes interesadas y a todos los niveles de gobierno en la simplificación y modernización de la legislación de la UE.

El primer informe anual sobre prospectiva estratégica tendrá en cuenta el impacto de la crisis de salud pública en la evolución de la situación y las principales respuestas estratégicas. En consonancia con el plan de recuperación para Europa, el informe prestará especial atención a la necesidad de que la UE y sus Estados miembros refuercen su resiliencia frente a las perturbaciones sistémicas actuales y futuras, como la crisis de la COVID-19.

Las opiniones de los ciudadanos, las empresas y las partes interesadas son también esenciales para la calidad de nuestras propuestas. Sin embargo, la crisis ha hecho más difícil que los ciudadanos puedan hacer oír su voz. Por ello, la Comisión ampliará las consultas públicas y la posibilidad de formular observaciones en relación con las iniciativas que se presentarán en 2020 o a principios del año próximo. Cuando sea posible, el período de consultas se prorrogará por espacio de 6 semanas adicionales. En el caso de las iniciativas aplazadas para más adelante, las consultas públicas no se pondrán en marcha por el momento, a menos que esté debidamente justificado.

4.Conclusión

El programa de trabajo de la Comisión para 2020 modificado pone de manifiesto que Europa está decidida a cumplir sus compromisos, así como a aprender de esta crisis y asimilar las enseñanzas.

Además, a través de las propuestas presentadas hoy en el Plan de Recuperación para Europa, así como de las iniciativas que se propondrán este año en la carta de intenciones y en el programa de trabajo de la Comisión para 2021, Europa está demostrando que está dispuesta a trazar una senda hacia un mañana mejor.

La Comisión está plenamente comprometida a trabajar en colaboración con el Parlamento Europeo y el Consejo para aplicar su programa de trabajo. De este modo, se centrará en tener en cuenta los puntos de vista de los ciudadanos y producir resultados tangibles sobre el terreno para construir una Europa más resiliente, sostenible y justa.

(1) El momento de Europa: reparar los daños y preparar el futuro para la próxima generación, COM(2020) 456.
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Bruselas, 27.5.2020

COM(2020) 440 final

ANEXOS

de la

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

















Adaptación del programa de trabajo de la Comisión para 2020


Anexo I: Nuevas iniciativas 1

N.º

Objetivo estratégico

Iniciativas

Situación/ Cambio 2

Un Pacto Verde Europeo

1.

El Pacto Verde Europeo

Comunicación sobre el Pacto Verde Europeo (no legislativa, cuarto trimestre de 2019);
Ley Europea del Clima, que consagrará el objetivo de neutralidad climática para 2050 (legislativa, artículo 192, apartado 1, del TFUE, primer trimestre de 2020);
Pacto Europeo sobre el Clima (no legislativa, tercer trimestre de 2020)

adoptada

adoptada

Cuarto trimestre de 2020

2.

Financiación de la transición sostenible

Plan de Inversiones para una Europa Sostenible (no legislativa, primer trimestre de 2020);
Fondo de Transición Justa (legislativa, artículo 175 del TFUE, primer trimestre de 2020);
Estrategia renovada de finanzas sostenibles (no legislativa, tercer trimestre de 2020);

Revisión de la Directiva relativa a la divulgación de información no financiera (legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículo 114 del TFUE, cuarto trimestre de 2020)

adoptado

adoptado

4T de 2020

1T de 2021

3.

Contribución de la Comisión a la COP26 de Glasgow

Plan del objetivo climático para 2030 (no legislativa, incluye una evaluación de impacto, tercer trimestre de 2020);
Nueva estrategia de la UE sobre adaptación al cambio climático (no legislativa, cuarto trimestre de 2020);

Nueva Estrategia Forestal de la UE (no legislativa, cuarto trimestre de 2020)

3T de 2020

1T de 2021

1T de 2021

4.

Sostenibilidad de los sistemas alimentarios

Estrategia «de la granja a la mesa» (no legislativa, primer trimestre de 2020)

adoptada

5.

Descarbonización de la energía

Estrategia de integración sectorial inteligente (no legislativa, segundo trimestre de 2020);

«Oleada de renovación» (no legislativa, tercer trimestre de 2020);

Energías renovables marinas (no legislativa, cuarto trimestre de 2020)

2T de 2020

3T de 2020

4T de 2020

6.

Producción y consumo sostenibles

Nuevo Plan de Acción para la Economía Circular (no legislativa, primer trimestre de 2020);

Empoderar a los consumidores para la transición verde (legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículo 114 del TFUE, cuarto trimestre de 2020)

adoptado

2T de 2021

7.

Protección del medio ambiente

Estrategia de la UE sobre Biodiversidad para 2030 (no legislativa, primer trimestre de 2020); 

VIII Programa de Acción en materia de Medio Ambiente (legislativa, artículo 192, apartado 3, del TFUE, segundo trimestre de 2020);
Estrategia sobre productos químicos para la sostenibilidad
(no legislativa, tercer trimestre de 2020)

adoptada

4T de 2020

3T de 2020

8.

Movilidad sostenible e inteligente

Estrategia de movilidad sostenible e inteligente (no legislativa, cuarto trimestre);

ReFuelEU Aviation – Combustibles de aviación sostenibles (legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículo 100, apartado 2, del TFUE y/o artículo 192, apartado 1, del TFUE, cuarto trimestre de 2020);

FuelEU Maritime - Espacio marítimo europeo verde (legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículo 100, apartado 2, del TFUE y/o artículo 192, apartado 1, del TFUE, cuarto trimestre de 2020);

4T de 2020

4T de 2020

4T de 2020

Una Europa Adaptada a la Era Digital

9..

Una Europa Adaptada a la Era Digital

Una estrategia para Europa: Adaptada a la Era Digital (no legislativa, primer trimestre de 2020), junto con un instrumento de competencia ex ante (legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículos 103 y 114 del TFUE, cuarto trimestre de 2020) 

Plan de Acción de Educación Digital (actualización) (no legislativa, segundo trimestre de 2020)

adoptada

4T de 2020

3T de 2020

10.

Un planteamiento europeo en materia de inteligencia artificial

Libro Blanco sobre la inteligencia artificial (no legislativa, primer trimestre de 2020);

Estrategia Europea de Datos (no legislativa, primer trimestre de 2020);

Seguimiento del Libro Blanco sobre la inteligencia artificial, incluida la seguridad, la responsabilidad, los derechos fundamentales y los datos (legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículo 114 del TFUE, curto trimestre de 2020)

adoptado

adoptada

1T de 2021

11.

Servicios digitales

Norma sobre servicios digitales (legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículo 114 del TFUE, cuarto trimestre de 2020)

4T de 2020

12.

Refuerzo de la ciberseguridad

Revisión de la Directiva sobre seguridad de las redes y sistemas de información (Directiva SRI) (legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículo 114 del TFUE, cuarto trimestre de 2020)

4T de 2020

13.

La sociedad digital para los consumidores

Cargadores comunes para teléfonos móviles y dispositivos similares (legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículo 114 del TFUE, tercer trimestre de 2020);

Revisión del Reglamento sobre la itinerancia (legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículo 114 del TFUE, cuarto trimestre de 2020)

1T de 2021

1T de 2021

14..

Una nueva estrategia industrial para Europa

Estrategia industrial (no legislativa, primer trimestre de 2020);

Informe sobre los obstáculos al mercado único (no legislativa, primer trimestre de 2020); 

Plan de acción sobre la aplicación del mercado único (no legislativa, primer trimestre de 2020);

Estrategia para las pymes (no legislativa, primer trimestre de 2020);

Libro Blanco sobre un instrumento de subvenciones extranjeras (no legislativa, segundo trimestre de 2020)

adoptada

adoptado

adoptado

adoptada

2T de 2020

15.

Paquete sobre servicios de aviación

Revisión de las tasas aeroportuarias (legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículo 100, apartado 2, del TFUE, cuarto trimestre de 2020);

Revisión de la prestación de servicios aéreos (legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículo 100, apartado 2, del TFUE, cuarto trimestre de 2020)

4T de 2020

4T de 2020

16.

Hacia un Espacio Europeo de Investigación

Comunicación sobre el Futuro de la investigación y la innovación y el Espacio Europeo de Investigación (no legislativa, segundo trimestre de 2020); 

Comunicación sobre las misiones de investigación e innovación de Horizonte Europa (no legislativa, cuarto trimestre de 2020)

3T de 2020

4T de 2020

17.

Finanzas digitales

Plan de acción en materia de tecnología financiera, incluida una estrategia sobre el mercado de pagos integrado de la UE (no legislativa, tercer trimestre de 2020);
Propuesta sobre criptoactivos (legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículo 114, apartado 2, del TFUE, tercer trimestre de 2020);

Norma intersectorial de servicios financieros relativa a la resiliencia operativa y la ciberresiliencia (legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículo 114 del TFUE, tercer trimestre de 2020)

3T de 2020

3T de 2020

3T de 2020

Una Economía al Servicio de las Personas

18.

La Europa Social

Una Europa social fuerte para unas transiciones justas (no legislativa, primer trimestre de 2020);
Salario mínimo justo para los trabajadores de la UE (artículos 153, apartado 1, letra b), y 154 del TFUE, primer/tercer trimestre de 2020);
Refuerzo de la Garantía Juvenil (no legislativa, segundo trimestre de 2020);
Régimen Europeo de Reaseguro de Desempleo (legislativa, incluye una evaluación de impacto, cuarto trimestre de 2020)

adoptada

1T/4T de 2020

2T de 2020

Instrumento temporal adoptado

19.

Gobernanza económica

Revisión del marco de gobernanza económica (no legislativa, primer trimestre de 2020)

adoptada

20.

Profundización de la Unión de los Mercados de Capitales

Plan de Acción sobre la Unión de los Mercados de Capitales (no legislativa, tercer trimestre de 2020);

Revisión del marco regulador de las empresas de servicios de inversión y los operadores del mercado (MiFID II y MiFIR), incluida la creación de un registro consolidado de la UE (legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículo 53, apartado 1, y artículo 114, apartado 1, del TFUE, tercer trimestre de 2020);

Revisión del Reglamento sobre los índices de referencia (legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículo 114, apartado 1, del TFUE, tercer trimestre de 2020)

4T de 2020

3T de 2020

3T de 2020

21.

Culminación de la Unión Bancaria

Plan de acción contra el blanqueo de capitales (no legislativa, primer trimestre de 2020);

Revisión de la legislación en materia de requisitos de capital [legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículo 114 del TFUE (RRC) y artículo 53 del TFUE (DRC), segundo trimestre de 2020]

adoptado

4T de 2020

22.

Fiscalidad eficaz

Fiscalidad de las Empresas para el siglo XXI (no legislativa, segundo trimestre de 2020); 

Plan de acción contra la evasión fiscal y por una fiscalidad fácil y sencilla (legislativa y no legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículos 113 y 115 del TFUE, 2.º trimestre de 2020), incluidas la buena gobernanza fiscal en la UE y fuera de ella (no legislativa, tercer trimestre de 2020) y la revisión de la Directiva relativa al intercambio automático de información (legislativa, artículos 113 y 115 del TFUE, tercer trimestre de 2020)

4T de 2020

3T de 2020

23.

Paquete sobre la Unión Aduanera

Plan de acción sobre la Unión Aduanera (no legislativa, segundo trimestre de 2020);

Propuesta sobre la ventanilla única aduanera (legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículos 33 y 114 del TFUE, tercer trimestre de 2020)

3T de 2020

4T de 2020

Una Europa más Fuerte en el Mundo

24.

Cooperación internacional

Firma y celebración del Acuerdo entre la UE y los países de África, el Caribe y el Pacífico (legislativa, artículos 207 y 218 del TFUE, tercer trimestre de 2020)

3T de 2020

25.

Soberanía financiera

Refuerzo de la soberanía económica y financiera de Europa (no legislativa, tercer trimestre de 2020)

4T de 2020

26.

Estrategia para África

Hacia una estrategia global para África (no legislativa, primer trimestre de 2020)

adoptada

27.

Ampliación

Mejorar el proceso de adhesión - Una perspectiva de integración en la UE creíble para los Balcanes Occidentales (no legislativa, primer trimestre de 2020);

Reforzar nuestro compromiso con los Balcanes Occidentales - Contribución de la Comisión a la Cumbre UE-Balcanes Occidentales (no legislativa, segundo trimestre de 2020)

adoptada

adoptada / 4T de 2020

28.

Asociación Oriental

La Asociación Oriental después de 2020 (no legislativa, primer trimestre de 2020)

adoptada

29.

Derechos humanos, democracia e igualdad de género

Plan de acción en materia de derechos humanos y democracia (2020-2024) (legislativa y no legislativa, primer trimestre de 2020);
Plan de acción de la UE en materia de igualdad de género y empoderamiento de las mujeres en las relaciones exteriores para el período 2021-2025
(no legislativa, cuarto trimestre de 2020)

Adoptado

4T de 2020

30.

Política Comercial

Revisión de la política comercial, incluida la iniciativa de reforma de la OMC (no legislativa, cuarto trimestre de 2020)

4T de 2020

Promoción de nuestro Modo de Vida Europeo

31.

Fomento de las capacidades, la educación y la inclusión

Actualización de la Agenda de Capacidades para Europa (no legislativa, primer trimestre de 2020);
Consecución del Espacio Europeo de Educación (no legislativa, tercer trimestre de 2020);

Plan de acción en materia de integración e inclusión (no legislativa, cuarto trimestre de 2020)

3T de 2020

3T de 2020

4Tde 2020

32.

Un nuevo Pacto sobre Migración y Asilo

Un nuevo Pacto sobre Migración y Asilo y propuestas legislativas complementarias (no legislativa y legislativa, artículos 78 y 79 del TFUE, primer trimestre de 2020)

2T de 2020

33.

Fomento de la seguridad de Europa

Una nueva Estrategia de la Unión de la Seguridad (no legislativa, cuarto trimestre de 2020)

Refuerzo del mandato de Europol (legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículo 88 del TFUE, cuarto trimestre de 2020);
Propuesta de nuevas medidas de protección de las infraestructuras críticas (legislativa, incluye una evaluación de impacto, cuarto trimestre de 2020);

Una nueva estrategia de la UE para la erradicación de la trata de seres humanos (no legislativa, cuarto trimestre de 2020);

Estrategia de la UE para una lucha más eficaz contra el abuso sexual de menores (no legislativa, cuarto trimestre de 2020)

3T de 2020

4T de 2020

4T de 2020

2021

3T de 2020

34.

Protección de la salud

Plan Europeo de Lucha contra el Cáncer (no legislativa, cuarto trimestre de 2020);
Estrategia Farmacéutica para Europa (no legislativa, cuarto trimestre de 2020)

4T de 2020

4T de 2020

Un nuevo impulso a la democracia europea

35.

Agenda del Consumidor

Una nueva Agenda del Consumidor (no legislativa, cuarto trimestre de 2020)

4T de 2020

36.

Respuesta ante los efectos del cambio demográfico

Informe sobre los efectos del cambio demográfico (no legislativa, primer trimestre de 2020);
Libro Verde sobre el envejecimiento
(no legislativa, cuarto trimestre de 2020)

2T de 2020

2021

37.

Iniciativas en materia de igualdad y no discriminación

Estrategia europea de género (no legislativa, primer trimestre de 2020), seguida de medidas vinculantes en materia de transparencia salarial (legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículo 157 del TFUE, cuarto trimestre de 2020);
Estrategia para la igualdad de las personas LGBTI (no legislativa, cuarto trimestre de 2020);
Marco de la UE post-2020 de estrategias para la igualdad y la inclusión de los gitanos (no legislativa, cuarto trimestre de 2020)

adoptada, 4T de 2020

4T de 2020

4T de 2020

38.

Democracia

Desinformación – distinguir entre realidad y ficción / Plan de Acción para la Democracia Europea (no legislativa y legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículos 224 y 114 del TFUE, cuarto trimestre de 2020)

2T/4T de 2020

39.

El Futuro de Europa

Perfilando la Conferencia sobre el Futuro de Europa (no legislativa, primer trimestre de 2020)

adoptada

40.

Estado de Derecho

Informe anual sobre el Estado de Derecho de 2020 (no legislativa, tercer trimestre de 2020)

3T de 2020

41.

Derechos Fundamentales

Nueva Estrategia para la Aplicación de la Carta de los Derechos Fundamentales (no legislativa, cuarto trimestre de 2020);
Estrategia de la UE sobre los derechos de las víctimas (no legislativa, segundo trimestre de 2020);

Informe sobre la aplicación del Reglamento general de protección de datos (RGPD) (no legislativa, segundo trimestre de 2020);
Conformidad con la protección de datos de las normas pertinentes de la Unión en materia de aplicación de la legislación (no legislativa, segundo trimestre de 2020)

4T de 2020

2T de 2020

2T de 2020

2T de 2020

42.

Legislar mejor

Comunicación «Legislar mejor» (no legislativa, segundo trimestre de 2020)

4T de 2020

43.

Prospectiva

Informe de prospectiva anual de 2020 (no legislativa, segundo trimestre de 2020)

3T de 2020



Anexo II: Iniciativas REFIT 3

N.º

Título

Objetivo / potencial de simplificación (breve explicación del objetivo REFIT de las revisiones, y potencial de simplificación en el caso de las evaluaciones y los controles de adecuación)

Un Pacto Verde Europeo

1.

Evaluación de las normas de comercialización [comprendidas en el Reglamento de la organización común de mercados (OCM) única, las Directivas «de desayuno» y el Derecho derivado de la OCM]

La evaluación de las normas de comercialización contribuirá a evaluar la coherencia entre los distintos actos legislativos y a determinar las posibilidades de simplificación. Los resultados de la evaluación podrían servir de base para reflexionar sobre la necesidad de introducir cambios en las normas de comercialización.

2.

Evaluación de las indicaciones geográficas y de las especialidades tradicionales garantizadas protegidas en la UE

La evaluación de las indicaciones geográficas y de las especialidades tradicionales garantizadas ayudará a evaluar la coherencia entre los distintos elementos del marco jurídico de los regímenes de calidad de la UE y permitirá valorar la necesidad de mejorarlo (modernización, simplificación y racionalización). Los resultados podrían servir de base para una reflexión sobre la necesidad de cambios normativos en relación con los regímenes de calidad de la UE.

3.

Revisión de las directrices relativas a determinadas medidas de ayuda estatal en el contexto del régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero después de 2020

Los Estados miembros pueden compensar parte de los mayores costes de electricidad resultantes del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE a algunos grandes consumidores de energía eléctrica. El objetivo de esta compensación es minimizar el riesgo de fuga de carbono, que se materializa cuando los costes de los derechos de emisión provocan la deslocalización de la UE a terceros países en los que no existen restricciones comparables. Las normas vigentes, que permiten la compensación, se revisarán para asegurar que se adapten al nuevo Régimen de Comercio de Derechos de Emisión para el período 2021-2030. (No legislativa, incluye una evaluación de impacto, cuarto trimestre de 2020)

4.

Revisión del Reglamento sobre las redes transeuropeas de energía (RTE-E)

Esta iniciativa garantizará que el Reglamento RTE-E se adecúe plenamente al Pacto Verde Europeo y a los objetivos de descarbonización a largo plazo de la Unión, al tiempo que contribuye a la integración del sector y del mercado, la seguridad del suministro y la competencia. (No legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículos 170 y 171 del TFUE, cuarto trimestre de 2020)

5.

Evaluación de la Directiva 2011/65/UE sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (RUSP)

La evaluación de la Directiva RUSP permitirá valorar la eficacia y eficiencia del procedimiento para la adopción de restricciones de sustancias y la concesión de exenciones a las restricciones. También evaluará su coherencia con el resto de la legislación de la UE y su pertinencia en relación con ella, en particular a la luz de las evaluaciones de REACH y de la Directiva sobre diseño ecológico.

6.

Evaluación de la Directiva 2000/53/UE relativa a los vehículos al final de su vida útil (VFU)

La evaluación de la Directiva VFU permitirá valorar su eficacia, eficiencia, coherencia con otra legislación y pertinencia a la luz de los objetivos estratégicos generales en materia de economía circular, plásticos, eficiencia de los recursos, materias primas, etc.

7.

Evaluación de la Directiva 2010/75/UE sobre las emisiones industriales (DEI)

La evaluación de la Directiva DEI permitirá valorar su eficacia, eficiencia, valor añadido de la UE, coherencia con otra legislación y pertinencia para abordar importantes fuentes de contaminación del aire, el agua y el suelo en la industria o el sector agroalimentario.

8.

Control de adecuación de las normas de la UE contra la tala ilegal [Reglamento (UE) n.º 995/2010 sobre la madera y Reglamento (CE) n.º 2173/2005 sobre el sistema de licencias FLEGT]

El control de adecuación evaluará la eficacia, la eficiencia, la coherencia, la pertinencia y el valor añadido de la UE de ambos reglamentos a la hora de contribuir a la lucha contra la tala ilegal a escala mundial. Las enseñanzas extraídas de ese control de adecuación serán útiles para evaluar las medidas del lado de la demanda en relación con otros productos básicos.

9.

Revisión de la Directiva sobre baterías de la UE

Como señalan los informes de evaluación/aplicación de la Directiva sobre baterías, la revisión debe tener como objetivo tener mejor en cuenta la circularidad, reforzar la sostenibilidad y seguir el ritmo de los avances tecnológicos. Esto también está previsto en el Plan de acción estratégico en materia de baterías. A raíz de las conclusiones de los informes sobre la Directiva, la iniciativa introducirá modificaciones en ella o se elaborará una propuesta de nuevo Reglamento por el que se derogue la Directiva, que abarcará, en particular, los requisitos de final de vida útil y sostenibilidad. (Legislativa, incluida una evaluación de impacto, cuarto trimestre de 2020)

10.

Control de adecuación de la legislación pertinente de la UE en materia de alteradores endocrinos

Los alteradores endocrinos son sustancias que perturban el funcionamiento del sistema endocrino (hormonal) y perjudican la salud de los seres humanos o los animales. Hay diversas medidas de la UE que regulan estas sustancias. El control de adecuación evaluará si estas medidas permiten alcanzar el objetivo general de proteger la salud humana y el medio ambiente. Evaluará la coherencia, la eficacia, la eficiencia, la pertinencia y el valor añadido de la UE de la legislación de la Unión, con especial hincapié en la coherencia en el conjunto del acervo en materia de productos químicos.

11.

Revisión del Reglamento relativo a las normas de comercialización aplicable a los productos de la pesca y la acuicultura en la UE*

Esta revisión simplificará el entramado jurídico: un Reglamento (UE) sustituirá tres reglamentos vigentes actualmente que atañen también a los productos de la acuicultura, la transparencia y la información al consumidor. (Legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículo 43 del TFUE, política pesquera común, primer trimestre de 2021)

12.

Evaluación del Reglamento (UE) n.º 913/2010 sobre una red ferroviaria europea para un transporte de mercancías competitivo
(Reglamento sobre los corredores ferroviarios de mercancías)

El aumento del transporte de mercancías por ferrocarril constituye un elemento clave de la política de la UE orientada a reducir las emisiones de CO2, pero actualmente encuentra dificultades. El Reglamento sobre los corredores ferroviarios de mercancías tiene por objeto la mejora de la cooperación y coordinación a lo largo de un conjunto de corredores que presentan un especial potencial a la hora de desarrollar el transporte de mercancías por ferrocarril.
El Reglamento (UE) n.º 913/2010 sobre una red ferroviaria europea para un transporte de mercancías competitivo entró en vigor en 2010, tras lo cual se crearon nueve corredores ferroviarios de mercancías, amén de otros dos que se añadieron posteriormente. El objetivo de esta evaluación es ofrecer una visión general completa de la aplicación del Reglamento, así como una valoración de sus efectos. Será útil para determinar las nuevas medidas a escala de la UE que hacen falta para impulsar el transporte de mercancías por ferrocarril.

13.

Evaluación de la Directiva 2009/128/CE relativa al uso sostenible de los plaguicidas

Esta evaluación analizará, entre otras cosas, los avances logrados por la Directiva en la reducción de la dependencia de los plaguicidas y el fomento de la adopción de alternativas de bajo riesgo y no químicas a esas sustancias. También se estudiarán las posibilidades de simplificación, por ejemplo, en lo tocante a las normas para la inspección de equipos de aplicación de plaguicidas y las nuevas normas de control oficial.

14.

Evaluación de la Estrategia de la UE sobre el bienestar animal (2012-2015)

Esta evaluación examinará en qué medida la Estrategia de la UE sobre el bienestar animal ha contribuido a simplificar el marco de la UE en ese ámbito, y estudiará el margen de simplificación que persiste, teniendo en cuenta la evolución de las necesidades en este campo.

15.

Evaluación de la autorización de productos fitosanitarios y los niveles máximos de residuos de plaguicidas

Esta evaluación abarca la aplicación y el funcionamiento en todos los Estados miembros del Reglamento (CE) n.º 1107/2009 relativo a los productos fitosanitarios y el Reglamento (CE) n.º 396/2005 relativo a los límites máximos de residuos, desde el comienzo de su aplicabilidad en junio de 2011 y septiembre de 2008, respectivamente. Propone posibles vías para mejorar la aplicación de los Reglamentos con el fin de simplificar o reforzar el marco regulador actual, por ejemplo, con acciones para hacer frente a los retrasos y aumentar la transparencia, mejorar el sistema de autorización por zonas y el reconocimiento mutuo de las autorizaciones, promover la protección fitosanitaria sostenible, las soluciones de bajo riesgo y medidas eficientes de reducción del riesgo, así como aumentar la coherencia y la congruencia entre los Reglamentos y otros actos legislativos de la UE.

La evaluación examina también las cuestiones planteadas en el Dictamen de la Plataforma REFIT XI.10.a sobre las sustancias de uso/origen múltiple (clorato), adoptado el 7.6.2017, y el Dictamen de la Plataforma REFIT XI.22.a sobre el registro de productos fitosanitarios, adoptado el 14.3.2019.

16.

Evaluación del Reglamento (CE) n.º 1924/2006, relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos por lo que se refiere a los perfiles nutricionales y las declaraciones de propiedades saludables sobre vegetales y sus preparados, así como del marco normativo general para su uso en los alimentos 4

Esta evaluación examina la cuestión planteada por el Dictamen de la plataforma REFIT XI.11.a-b sobre el establecimiento de perfiles nutricionales. La evaluación permitió valorar los efectos de la situación actual (en la que no existen perfiles nutricionales a nivel de la UE). Examina si los perfiles nutricionales siguen siendo apropiados para su finalidad, justificados y adecuados para garantizar el cumplimiento de los objetivos del Reglamento sobre declaraciones. También se espera que los resultados de esta evaluación permitan abordar las cuestiones planteadas por parte de las empresas en relación con la Directiva sobre medicamentos tradicionales a base de plantas, recogidas en el Dictamen de la Plataforma REFIT XI.6.a-b .

17.

Evaluación de los materiales en contacto con alimentos

Esta evaluación examina todos los aspectos de la legislación vigente de la UE sobre los materiales en contacto con los alimentos, incluida la eficacia de la declaración de conformidad, que actualmente se exige en relación con medidas concretas a nivel de la Unión. A partir de esta evaluación, la Comisión reflexionará sobre si deben adoptarse más medidas a nivel de la UE, incluida la consideración de distintas cuestiones como la planteada por el Dictamen de la Plataforma REFIT XI.1.a , que recomienda un requisito europeo común de una declaración de conformidad para todos los tipos de materiales en contacto con alimentos.

18.

Evaluación de la Directiva 2005/44/CE relativa a los servicios de información fluvial (SIF) armonizados en las vías navegables interiores de la Comunidad

Los servicios de información fluvial (SIF) utilizan tecnologías de la información y la comunicación (TIC) para apoyar la seguridad, la eficiencia y el respeto del medio ambiente del transporte en las vías navegables interiores. La Directiva SIF proporciona un marco en materia de requisitos mínimos y especificaciones técnicas para la prestación y aplicación de los SIF con el fin de garantizar la armonización, la interoperabilidad y la compatibilidad transfronteriza de los sistemas SIF de los Estados miembros para las vías navegables de clase IV o superior. La evaluación examina la aplicación de la Directiva y la reciente evolución tecnológica y organizativa del sector, en particular de las tecnologías digitales. También se evalúan los posibles ámbitos de simplificación del proceso por el que se diseñan las actualizaciones de las especificaciones técnicas con arreglo a la Directiva.

Una Europa Adaptada a la Era Digital

19.

Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la aplicación del Reglamento (UE) n.º 910/2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior (Reglamento eIDAS)

A más tardar el 1 de julio de 2020, la Comisión informará al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la aplicación del Reglamento (UE) n.º 910/2014, en aplicación de su artículo 49. El informe evaluará en qué medida sigue siendo adecuado el marco eIDAS para obtener los resultados, productos y efectos previstos, y es posible que determine nuevas medidas que puedan mejorar la eficacia de la normativa. La Comisión llevará a cabo una evaluación en consonancia con las directrices para la mejora de la legislación, que incluirá también una consulta pública y otra específica a las partes interesadas.

20.

Revisión de la Directiva sobre la reducción de costes de la banda ancha (Directiva 2014/61/UE)

La revisión tiene por objeto reducir la costosa e innecesaria carga administrativa, que puede desalentar y retrasar significativamente el despliegue de la red. Tiene por objeto mejorar la medida actual mediante la simplificación de los permisos y procedimientos o la agilización de las obras de ingeniería gracias a una mejor coordinación con otras infraestructuras (carreteras, energía, etc.). Esta puede ser una oportunidad importante para que la nueva legislación reduzca las cargas administrativas globales en el sector.

21.

Revisión del Reglamento sobre el mercado interior y el comercio electrónico transfronterizo (geobloqueo)

La Comisión informará sobre la evaluación del presente Reglamento al Parlamento Europeo, al Consejo y al Comité Económico y Social Europeo. La Comisión tendrá en cuenta el efecto global del Reglamento sobre el mercado interior y el comercio electrónico transfronterizo, incluida, en particular, el posible incremento de la carga administrativa y financiera para los comerciantes derivado de la existencia de diversos regímenes de Derecho contractual aplicables en materia de consumo.

22.

Revisión de la Recomendación sobre la digitalización y accesibilidad en línea del material cultural y la conservación digital (2011/711/UE) *

Esta evaluación, que está en curso, analiza uno de los principales instrumentos de la política de digitalización, accesibilidad en línea y conservación digital de material del patrimonio cultural con el fin de recoger las opiniones de las partes interesadas sobre una posible actualización que permita reflejar mejor las necesidades actuales de la ciudadanía en este campo e incrementar el potencial del patrimonio cultural europeo en beneficio de los ciudadanos. La revisión estudiará todas estas cuestiones a la luz de las tendencias tecnológicas actuales y las necesidades del sector.

23.

Control de adecuación del paquete de modernización de las ayudas estatales de 2012, las directrices sobre ferrocarriles y el seguro de crédito a la exportación a corto plazo

Debido a la modernización de las ayudas estatales, hoy en día el 96 % de las nuevas medidas de ayuda están en manos de las autoridades nacionales. Esto permite que la aplicación por parte de los Estados miembros sea más rápida y que el control de las ayudas estatales preste más atención a los aspectos más importantes y menos a los de menor importancia. El control de adecuación en curso pretende, entre otras cosas, evaluar en qué medida ha contribuido el régimen actual a lograr una reducción de la carga administrativa y si sigue habiendo margen para racionalizar y simplificar las normas sobre ayudas estatales.

24.

Evaluación del Reglamento de exención por categorías de acuerdos verticales

La evaluación en curso del Reglamento de exención por categorías de acuerdos verticales y de las Directrices relativas a las restricciones verticales tiene por objeto, en particular, determinar en qué medida ha alcanzado el régimen actual su objetivo de ofrecer una protección para aquellos acuerdos verticales que, en su conjunto, mejoren la eficiencia, creando así seguridad jurídica y reduciendo los costes de conformidad para las partes interesadas. Esto incluye la determinación de los ámbitos en los que el régimen actual pueda no reflejar adecuadamente la evolución del mercado, así como las posibles lagunas, que puedan haber generado inseguridad jurídica, incoherencias en la aplicación de las normas verticales en distintos Estados miembros de la UE y, en consecuencia, mayores costes de conformidad para las partes interesadas.

25.

Evaluación de los aspectos procedimentales y jurisdiccionales del control de las operaciones de concentración en la UE

La evaluación en curso se centra en la simplificación y la reducción de la burocracia, cuando proceda, racionalizando el sistema de remisión y otras mejoras de carácter técnico. Por otra parte, a la luz del reciente debate sobre la eficacia de los umbrales jurisdiccionales del Reglamento de concentraciones de la UE, basados meramente en el volumen de negocios, la evaluación también pretende valorar si estos permiten dar cabida a todas las transacciones, lo que puede tener repercusiones en el mercado interior.

26.

Modificación específica del Reglamento general de exención por categorías en relación con los programas de financiación de la UE

La Comisión tiene el objetivo de modificar el Reglamento general de exención por categorías de manera específica para acompañar al próximo marco financiero plurianual. La propuesta velará por que la financiación nacional —procedente de los fondos de los Estados miembros o de los Fondos EIE gestionados a nivel nacional— y los fondos de la UE gestionados de forma centralizada puedan combinarse sin impedimentos en los siguientes ámbitos: los productos financieros sufragados por el Fondo InvestEU; los proyectos de I+D+i con un Sello de Excelencia en el marco de Horizonte 2020 u Horizonte Europa, así como los proyectos cofinanciados y las iniciativas de creación de equipos en el marco de Horizonte 2020 o Horizonte Europa; y los proyectos de cooperación territorial europea. (Tercer trimestre de 2020)

27.

Reglamento de exención por categorías sobre consorcios (exención del artículo 101 del TFUE para determinados tipos de acuerdos de cooperación entre operadores de transporte de contenedores) 5

La prórroga por otros cuatro años del actual Reglamento de exención por categorías sobre consorcios seguirá simplificando el análisis de la conformidad de los consorcios a las normas de competencia, limitando la dependencia de asesoramiento externo y reduciendo los gastos jurídicos. (Segundo trimestre de 2020)

28.

Evaluación de la Directiva 2014/35/UE sobre baja tensión

La Directiva sobre baja tensión garantiza que los equipos eléctricos que no superan determinados límites de tensión ofrezcan un elevado nivel de protección a los ciudadanos europeos y se beneficien plenamente del mercado único. Es aplicable desde el 20 de abril de 2016. El objetivo de esta evaluación es valorar si la Directiva se adecúa a su finalidad en términos de eficacia, eficiencia, pertinencia, coherencia y valor añadido de la UE. La Comisión, partiendo de las conclusiones relativas al funcionamiento de la Directiva, evaluará qué pasos pueden resultar necesarios para mejorarlo.

29.

Evaluación de la Directiva 97/67/CE sobre servicios postales*

El sector postal está experimentando cambios sustanciales como consecuencia de la digitalización. La Directiva sobre servicios postales (97/67/CE) se remonta a 1997, con sendas revisiones en 2002 y 2008. El informe sobre la aplicación de la Directiva irá acompañado de una evaluación para determinar si sigue siendo adecuada a su finalidad atendiendo también a los cambios que puedan sobrevenir en el futuro.

30.

Evaluación de la definición de pyme

El ámbito de esta iniciativa es la Recomendación de la Comisión sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (2003/361/CE), en la que se establecen los criterios para determinar si una empresa es una pyme (es decir, el número de empleados, el volumen de negocios / total del balance y la independencia) y se aplica desde el 1.1.2005, fecha en que sustituyó a la Recomendación 96/280/CE. Dado que remiten a la Recomendación más de 100 actos jurídicos de la UE, que abarcan una amplia gama de políticas de la Unión, como la relativa a las ayudas estatales, el documento que la sustituya deberá también tener en cuenta dichas referencias.

31.

Revisión de la Directiva 2006/42/CE sobre maquinaria*

Esta iniciativa tiene por objeto:
i) abordar los riesgos que plantean las nuevas tecnologías sin obstaculizar el progreso tecnológico;

ii) simplificar la documentación requerida mediante la aceptación de formatos digitales, de modo que se reduzca la carga administrativa para los operadores económicos, además de la repercusión positiva en términos de costes ambientales;

iii) mejorar la claridad jurídica en relación con algunos conceptos y definiciones relevantes en el texto actual de la Directiva;

iv) velar por la coherencia con otras directivas y reglamentos sobre productos y mejorar la aplicación de la legislación mediante su adaptación al nuevo marco jurídico;

v) reducir los costes de transposición al transformar la Directiva en Reglamento.

(Legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículo 114 del TFUE, primer trimestre de 2021)

32.

Evaluación de la legislación de la UE en materia de protección de dibujos y modelos

El objetivo de la evaluación es analizar en qué medida la legislación actual de la UE en materia de protección de dibujos y modelos ha alcanzado sus objetivos en términos de eficiencia, eficacia, pertinencia, coherencia y valor añadido de la UE, y proporcionar indicaciones claras sobre el actual grado de adecuación de dicha legislación a su finalidad. La evaluación identificará las oportunidades de racionalizar los procedimientos de registro con el fin de simplificar la adopción de la protección de dibujos y modelos en la UE, lo que conlleva una posible reducción de los costes y las cargas administrativas en beneficio de los diseñadores y las empresas, en particular las pymes.

33.

Evaluación de la Directiva 2006/126/CE sobre el permiso de conducción*

La evaluación ex post analizará el efecto de la Directiva por lo que respecta a la mejora de la seguridad vial, la facilitación de la libre circulación y la reducción de la posibilidad de fraude. También examinará el progreso técnico, por ejemplo en lo que se refiere a los vehículos y la digitalización (permisos de conducción digitales).

Una Economía al Servicio de las Personas

34.

Reglas uniformes de redondeo [seguimiento del Informe sobre la evolución reciente en relación con las monedas en euros, COM(2018) 787 final/2] *

Evaluación del uso de las monedas de uno y dos céntimos de euro y de la posibilidad de introducir normas comunes de redondeo. Una posible propuesta introduciría normas comunes de redondeo para dar respuesta a los problemas relacionados con el uso de las monedas de uno y dos céntimos de euro (Legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículo 133 del TFUE, cuarto trimestre de 2021)

35.

Control de la adecuación de la publicación de información corporativa por las empresas

El objetivo de este control de adecuación es evaluar si la legislación de la UE en materia de información periódica y pública por parte de las empresas sigue respondiendo a la necesidad de información de las partes interesadas sobre las actividades, los resultados y los riesgos de las empresas, así como sobre las repercusiones de tales actividades.

36.

Evaluación de la legislación sobre el comercio de precursores de drogas

El Reglamento (CE) n.º 273/2004 y el Reglamento (CE) n.º 111/2005, sobre precursores de drogas, se evaluarán teniendo en cuenta su objetivo, que es el establecimiento de un sistema de seguimiento y control del comercio de tales sustancias para evitar que sean desviadas de la cadena de suministro legal y se utilicen en la producción de drogas ilegales. Además de esos dos Reglamentos, la evaluación abarcará los actos de desarrollo relacionados con ellos: el Reglamento Delegado 2015/1011 y el Reglamento de Ejecución 2015/1013.

37.

Evaluación del Reglamento sobre la asistencia mutua en materia aduanera (515/97) *

El Reglamento (CE) n.º 515/97 vela por la correcta aplicación de la legislación aduanera de la UE. Desde la revisión de 2015 de dicho Reglamento, se han registrado algunos cambios (como el nuevo régimen de protección de datos o los nuevos riesgos de fraude). La evaluación analizará el funcionamiento general del Reglamento (CE) n.º 515/97 procediendo, entre otras cosas, a una consulta específica.

Una Europa más Fuerte en el Mundo

38.

Evaluación del pilar comercial de seis acuerdos de asociación de la UE con países Euromed (Túnez, Marruecos, Egipto, Jordania, Argelia y Líbano) *

Esta evaluación podría determinar oportunidades para racionalizar los procedimientos y propiciar así, en su caso, una reducción de los costes y la carga administrativa y una simplificación de los procesos. Además, estas posibles mejoras podrían tenerse en cuenta en una futura renegociación de estos acuerdos o en la negociación de acuerdos con otros países.

39.

Evaluación de la aplicación del Acuerdo de Asociación Económica UE-Cariforum *

Esta evaluación podría determinar oportunidades para racionalizar los procedimientos y propiciar así, en su caso, una reducción de los costes y la carga administrativa y una simplificación de los procesos. Además, estas posibles mejoras podrían tenerse en cuenta en una futura renegociación de estos acuerdos o en la negociación de acuerdos con otros países.

40.

Comercio sin Tortura

Revisión del Reglamento (UE) n.º 2019/125 («Reglamento contra la tortura»), relativo al comercio de determinados productos que pueden utilizarse para aplicar la pena de muerte o infligir tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
Con arreglo al artículo 32 de dicho Reglamento, la Comisión debe revisar su aplicación a más tardar el 31 de julio de 2020, y posteriormente cada cinco años. Partiendo de un informe de revisión que se adoptará a más tardar en julio de 2020, la Comisión decidirá si deben proponerse modificaciones del Reglamento. Con independencia del resultado de la revisión y sin dejar de garantizar que las mercancías pertinentes siguen estando sujetas a restricciones efectivas, podrían considerarse posibles ámbitos de simplificación sobre, por ejemplo, los requisitos de notificación o el intercambio de información.

Promoción de nuestro Modo de Vida Europeo

41.

Evaluación del Reglamento (CE) n.º 1901/2006 sobre medicamentos pediátricos y del Reglamento (CE) n.º 141/2000 sobre medicamentos huérfanos

Esta evaluación aportará una contribución significativa a la futura estrategia farmacéutica de la UE. A partir de las pruebas disponibles, la evaluación sopesará los puntos fuertes y débiles de los Reglamentos sobre medicamentos pediátricos y huérfanos, tanto por separado como de forma combinada. La evaluación se centrará, entre otras cosas, en los productos que responden a necesidades médicas no satisfechas y en cómo se han utilizado los incentivos previstos en la legislación actual.

Un nuevo impulso a la democracia europea

42.

Propuesta de la Comisión de revisión de la Directiva 2008/48/CE relativa a los contratos de crédito al consumo

La evaluación en curso de la Directiva se centrará en los progresos alcanzados, sus costes y sus beneficios. También se centrará en si los objetivos y herramientas originales de la Directiva se corresponden con las necesidades actuales, en el seguimiento de la interacción de esa norma con otros actos legislativos y en si la intervención de la UE ha supuesto un beneficio. La revisión, que partirá de los resultados de la evaluación, garantizará la mejora de la información a los consumidores y de la comprensión de los créditos al consumo, teniendo en cuenta la digitalización en la prestación de esos productos. Su objetivo será proporcionar una mejor protección a los consumidores frente a las prácticas irresponsables de concesión de préstamos, especialmente en línea. (Legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículo 114 del TFUE, segundo trimestre de 2021)

43.

Propuesta de la Comisión de revisión de la Directiva 2002/65/CE relativa a la comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores *

La evaluación en curso analizará si se han alcanzado los objetivos originales, el funcionamiento de la Directiva en términos de costes y beneficios, las perspectivas de reducción de la carga y de simplificación, y la interacción de esa norma con otra legislación en el ámbito de los servicios financieros al por menor, la protección de los consumidores y la protección de datos. El análisis evaluará si los instrumentos de la Directiva se corresponden con las necesidades originales y actuales y el valor añadido de la UE en ella incorporada. La revisión, que partirá de los resultados de la evaluación, garantizará la mejora de la comprensión de los productos financieros al por menor, teniendo en cuenta la digitalización en la prestación de esos productos. Su objetivo será proporcionar una mejor protección a los consumidores frente a las prácticas irresponsables de concesión de préstamos, especialmente en línea. (Legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículo 114 del TFUE, cuarto trimestre de 2021)

44.

Revisión de la Directiva 2001/95/CE sobre seguridad general de los productos (Reglamento; base jurídica: artículo 114 del TFUE) *

La iniciativa dará respuesta a los problemas de seguridad de los productos derivados de las nuevas tecnologías; abordará la necesidad de medidas más concretas en relación con la venta en línea; actualizará el marco jurídico general en materia de seguridad de los productos; y, a la luz del nuevo Reglamento (UE) 2019/1020 relativo a la vigilancia del mercado y la conformidad de los productos, colmará la brecha existente entre productos armonizados y no armonizados en lo que respecta a la vigilancia del mercado. La revisión también mejorará la eficacia de las retiradas de productos y la cobertura de los nuevos riesgos de seguridad de los productos. Debe reforzar las competencias de ejecución de los Estados miembros, en particular en relación con los controles de las importaciones. (Legislativa, incluye una evaluación de impacto, artículo 114 del TFUE, segundo trimestre de 2021)



(1) En el presente anexo, la Comisión proporciona más información, siempre que esté disponible, acerca de las iniciativas incluidas en su programa de trabajo, en consonancia con el Acuerdo interinstitucional sobre mejora de la legislación. Esta información, que figura entre paréntesis al lado de cada iniciativa, es meramente indicativa y está sujeta a cambios durante el proceso preparatorio, en particular a la vista de los resultados de las evaluaciones de impacto.
(2)      Si bien la columna «Iniciativas» contiene las fechas de adopción previstas inicialmente en el programa de trabajo de la Comisión para 2020, adoptado el 29 de enero de 2020, esta columna contiene la planificación actual, potencialmente revisada. El horizonte temporal en cursiva indica que se ha introducido un cambio, mientras que en redonda implica que no se ha modificado.
(3)    El presente anexo presenta las revisiones, evaluaciones y controles de adecuación más significativos que realizará la Comisión, incluidos los trabajos de evaluación para el seguimiento de los dictámenes de la plataforma REFIT. Culminarán para finales de 2020, a excepción de las iniciativas señaladas con un asterisco, que se ultimarán en una fase posterior.
(4) La evaluación se publicó el 20 de mayo de 2020.
(5) La iniciativa se adoptó el 24 de marzo de 2020.
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