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Document 62022CN0064
Case C-64/22: Request for a preliminary ruling from the Verwaltungsgericht Wiesbaden (Germany) lodged on 2 February 2022 — AB v Land Hesse
Asunto C-64/22: Petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Wiesbaden (Alemania) el 2 de febrero de 2022 — AB / Land Hessen
Asunto C-64/22: Petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Wiesbaden (Alemania) el 2 de febrero de 2022 — AB / Land Hessen
DO C 148 de 4.4.2022, p. 16–17
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
DO C 148 de 4.4.2022, p. 14–15
(GA)
4.4.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 148/16 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Wiesbaden (Alemania) el 2 de febrero de 2022 — AB / Land Hessen
(Asunto C-64/22)
(2022/C 148/23)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Verwaltungsgericht Wiesbaden
Partes en el procedimiento principal
Demandante: AB
Demandada: Land Hessen
Con intervención de: SCHUFA Holding AG
Cuestiones prejudiciales
1) |
¿Debe interpretarse el artículo 77, apartado 1, en relación con el artículo 78, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/679 (1) (en lo sucesivo, «RGPD»), en el sentido de que el resultado [de la reclamación] que la autoridad de control comunica al interesado:
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2) |
¿Una conservación de datos por parte de una agencia privada de información económica en la que los datos personales de un registro público, como las «bases de datos nacionales» en el sentido del artículo 79, apartados 4 y 5, del Reglamento (UE) 2015/848, (2) se conservan sin motivos específicos para poder proporcionar información en caso de que se solicite, es conforme con los artículos 7 y 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea? |
3) |
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4) |
En la medida en que el artículo 6, apartado 1, párrafo primero, letra f), del RGPD deba ser considerado la única base jurídica para la conservación de datos en agencias privadas de información económica en lo concerniente a los datos conservados también en registros públicos, ¿deberá afirmarse en ese caso que existe un interés legítimo de una agencia de información económica incluso cuando dicha agencia tome los datos del registro público sin un motivo concreto para que dichos datos estén disponibles en caso de que se soliciten? |
5) |
¿La ponderación exigida por el artículo 6, apartado 1, párrafo primero, letra f), del RGPD puede quedar suspendida por los códigos de conducta aprobados por las autoridades de control con arreglo al artículo 40 del RGPD que establezcan períodos de examen y de supresión que superen los períodos de conservación de los registros públicos? |
(1) Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (DO 2016, L 119, p. 1).
(2) Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de mayo de 2015 sobre procedimientos de insolvencia (DO 2015, L 141, p. 19).