COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 20.7.2021
SWD(2021) 727 final
DOCUMENTO DE TRABAJO DE LOS SERVICIOS DE LA COMISIÓN
Informe sobre el Estado de Derecho en 2021
Capítulo sobre la situación del Estado de Derecho en Eslovaquia
que acompaña al documento
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES
Informe sobre el Estado de Derecho en 2021
Situación del Estado de Derecho en la Unión Europea
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Resumen
Han seguido haciéndose importantes esfuerzos para mejorar la independencia, la integridad, la calidad y la eficiencia del sistema judicial eslovaco, según se indicó ya en el Informe sobre el Estado de Derecho de 2020. En diciembre de 2020, el Parlamento aprobó una amplia reforma de la Constitución y de la legislación de aplicación del sistema judicial, en particular en lo referente al Tribunal Constitucional y al Consejo del Poder Judicial. Las autoridades también han intensificado los esfuerzos para hacer frente a la corrupción en el poder judicial. Se está preparando una reforma del mapa judicial en la que estará implicado el Consejo de Europa y que ha generado una serie de comentarios de las partes interesadas. Se ha creado un Tribunal Supremo Administrativo. Se ha elegido a un nuevo Fiscal General y a un Fiscal Especial mediante un nuevo procedimiento transparente. Estas reformas reflejan los esfuerzos por mejorar el sistema judicial y es importante que su aplicación tenga en cuenta las normas europeas pertinentes para salvaguardar la independencia judicial. Esto también es importante si se tiene en cuenta que el nivel de independencia del poder judicial que se percibe sigue siendo muy bajo entre el público en general, pese a haber mejorado entre las empresas.
Los esfuerzos de Eslovaquia por reprimir la corrupción han aumentado considerablemente y han demostrado hacer efecto, con la investigación y el enjuiciamiento de una serie de casos de corrupción de alto nivel. También se ha seleccionado y nombrado a diversos altos funcionarios, entre ellos el jefe de la nueva Oficina de Protección de Denunciantes de irregularidades, que asumirá sus funciones a partir del 1 de septiembre de 2021. La capacidad de detectar e investigar los delitos de corrupción puede seguir reforzándose mediante inversiones en especialización, conocimientos técnicos analíticos específicos y formación en materia de integridad para el Organismo Nacional de Lucha contra la Delincuencia. Los avances en la prevención de la corrupción son lentos. Hasta ahora han fracasado varios intentos de regular la actividad de los grupos de presión. No obstante, hay varios proyectos legislativos previstos o en fase inicial sobre grupos de interés, «puertas giratorias», declaraciones de patrimonio, conflictos de intereses de los diputados y contratación pública.
La Constitución de la República Eslovaca y el Derecho derivado establecen el marco jurídico para la protección de la libertad de expresión, el derecho de acceso a la información pública, el pluralismo de los medios de comunicación y los derechos de prensa. Se espera que un proyecto de ley, que se está debatiendo y cuya aprobación está prevista para septiembre de 2021, introduzca un marco para garantizar la transparencia de la propiedad de los medios de comunicación. Se han aplazado los planes del Gobierno de proponer una legislación orientada a garantizar un entorno más favorable para los periodistas. La distribución de publicidad estatal sigue sin estar regulada. Hubo una serie de condenas para personas implicadas en el asesinato del periodista Ján Kuciak y de su prometida en 2018. Las absoluciones de los presuntos autores intelectuales del asesinato fueron anuladas por el Tribunal Supremo, que devolvió el caso al Tribunal Penal Especial. Se confirmó una condena. No se ha incorporado ningún sistema de apoyo a los medios de comunicación para contrarrestar el impacto de la pandemia de COVID-19.
En lo que respecta al sistema de contrapoderes institucionales, cabe mejorar el proceso legislativo y, para ello, es necesario reforzar la participación de las partes interesadas y de la sociedad civil, como ya se señaló en el Informe sobre el Estado de Derecho de 2020. La reforma constitucional de diciembre de 2020 excluye explícitamente la competencia del Tribunal Constitucional para revisar las leyes constitucionales, lo que ha provocado la revisión de dicha disposición por parte de ese Tribunal. El estado de excepción relacionado con la pandemia de COVID-19 duró la mayor parte de 2020 y finalizó en mayo de 2021, tras un cambio de legislación efectuado en diciembre de 2020 para permitir su prórroga. El Defensor Público de Derechos y el Centro Nacional de Derechos Humanos asumieron un papel activo en la defensa de los derechos fundamentales durante la pandemia. La preocupación por la financiación de determinadas ONG va en aumento, en particular por los recortes aplicados a las ONG que trabajan en el ámbito de la igualdad de género.
I.Sistema judicial
El sistema judicial de la República Eslovaca está formado por 54 tribunales comarcales, 8 tribunales regionales, el Tribunal Penal Especial, el Tribunal Supremo, el Tribunal Supremo Administrativo y el Tribunal Constitucional eslovaco
. Los tribunales regionales funcionan como tribunales de apelación en las causas civiles, mercantiles y penales y, al mismo tiempo, actúan como tribunales de primera instancia en asuntos contencioso-administrativos. El Tribunal Penal Especial tiene competencia para juzgar los asuntos penales graves enumerados en la disposición pertinente del Código de Procedimiento Penal
. El Consejo del Poder Judicial desempeña un papel fundamental en la autoadministración de la judicatura y en el nombramiento, el cese y la destitución de los jueces, así como en el mantenimiento de la ética judicial. La mitad de sus componentes (nueve de dieciocho) son jueces elegidos por sus homólogos. A los otros miembros del Consejo del Poder Judicial los nombran el presidente de la República de Eslovaquia, el Parlamento y el Gobierno
. La Fiscalía de Eslovaquia es una autoridad estatal independiente encabezada por el Fiscal General
. Eslovaquia participa en la Fiscalía Europea. El Colegio de Abogados de la República Eslovaca es una organización profesional independiente y autónoma
.
Independencia
El nivel percibido de independencia del poder judicial ha mejorado entre las empresas, pero sigue siendo bajo y muy bajo entre el público en general. El 30 % de las empresas perciben el nivel de independencia judicial como «bastante o muy bueno», lo que supone una mejora considerable con respecto a 2020 (15 %). Por el contrario, no ha habido tal mejora en la percepción de la independencia de los tribunales y jueces entre el público en general, ya que el 28 % considera que la independencia judicial es «bastante o muy buena» y el 65 % «bastante o muy mala», en consonancia con la tendencia a largo plazo, ya señalada en el Informe sobre el Estado de Derecho de 2020. Las razones que con más frecuencia se alegan para la percepción de una falta de independencia están relacionadas casi a partes iguales con la interferencia o presión del Gobierno y los políticos y con la interferencia o presión de intereses económicos u otros intereses específicos.
Las autoridades han tomado medidas para abordar las acusaciones de corrupción y abuso de poder en el poder judicial. A raíz de las operaciones policiales de alto nivel mencionadas en el Informe sobre el Estado de Derecho de 2020, se iniciaron nuevas operaciones. En la actualidad, 20 jueces y otros representantes de la justicia y las fuerzas y cuerpos de seguridad están sujetos a procedimientos penales relacionados con graves acusaciones de corrupción y abuso de poder, en un esfuerzo cada vez mayor por parte de las autoridades públicas para reducir la corrupción en el sistema judicial. Un juez ha sido condenado. Como consecuencia de la acusación penal, varios jueces dimitieron de su cargo o se les suspendió temporalmente de sus funciones. La necesidad de seguir abordando las preocupaciones específicas sobre la integridad general del sistema judicial también se ha planteado en el contexto del Semestre Europeo, y Eslovaquia ha recibido una recomendación específica a tal fin.
Se ha aprobado una amplia reforma judicial, que incluye modificaciones de la Constitución y de la legislación de aplicación. Esto viene como consecuencia del anuncio hecho por el Gobierno de llevar a cabo una reforma con el objetivo de aumentar la confianza de los ciudadanos en el Estado de Derecho, tal y como se explica en el Informe sobre el Estado de Derecho de 2020. En diciembre de 2020, se aprobaron las modificaciones de la Constitución y de la legislación de aplicación, entre las que destacan la creación de un Tribunal Supremo Administrativo, la introducción de cambios en la selección y el nombramiento de los jueces del Tribunal Constitucional y la modificación de varias disposiciones relativas al Consejo del Poder Judicial. Las partes interesadas señalaron que la reforma refleja los esfuerzos por mejorar el sistema judicial y reforzar su independencia, si bien algunos aspectos de la reforma sí encontraron cierta oposición (véase más adelante).
Pese a que algunas características de la reforma relativas al Consejo del Poder Judicial se acogieron de manera favorable, se plantearon ciertas preocupaciones con respecto al régimen de destitución de sus miembros. La reforma constitucional introdujo cambios en el método de nombramiento de los miembros del Consejo del Poder Judicial, amplió las competencias de dicho Consejo y modificó la disposición relativa a la destitución de sus miembros. Con la reforma se incorporaba una norma según la cual los miembros del Consejo se elegirían en varios distritos electorales. Según el Gobierno, el objetivo de esa modificación es aumentar la legitimidad del Consejo garantizando una representación más diversa de los jueces. Este objetivo se ajusta a las recomendaciones del Consejo de Europa. La reforma amplía asimismo las competencias del Consejo del Poder Judicial. Además, la reforma prevé explícitamente que los miembros del Consejo del Poder Judicial, incluidos su presidente y vicepresidente, puedan ser destituidos en cualquier momento por la autoridad que los haya nombrado. Según la exposición de motivos, esto implica que no es necesario que tal propuesta de destitución se base en ningún criterio legalmente dispuesto y que, por el contrario, pueda motivarse en una falta de confianza. Las partes interesadas han expresado su preocupación por el hecho de que este aspecto de la reforma pueda tener un impacto negativo en la independencia del Consejo del Poder Judicial. Dichas preocupaciones se han reflejado asimismo en un dictamen de la Mesa del Consejo Consultivo de Jueces Europeos (CCJE) de 9 de diciembre de 2020.Un miembro destituido puede impugnar la decisión de la destitución ante el Tribunal Constitucional interponiendo un recurso de inconstitucionalidad. Es importante que el Consejo del Poder Judicial esté sujeto a garantías suficientes en cuanto a su independencia con respecto al poder legislativo y al poder ejecutivo, incluida la forma en que puede destituirse a sus miembros.
Se ha introducido una edad de jubilación de los jueces para ofrecer seguridad. A raíz de las enmiendas a la Constitución, los jueces han de jubilarse al cumplir los 67 años.. Dado que la reforma ha eliminado la facultad discrecional del Consejo del Poder Judicial para proponer la jubilación de un juez de más de 65 años, la enmienda aumenta la seguridad jurídica y la estabilidad de los jueces.
Se ha modificado el régimen de responsabilidad penal de los jueces. En octubre de 2020 se aprobó una modificación del Código Penal, a la que siguió una modificación de la disposición constitucional sobre la inmunidad de los jueces. Según ambas reformas, a los jueces no se les puede considerar responsables de una opinión expresada durante su toma de decisiones, a menos que la toma de decisiones de un juez pueda calificarse de delito. A este respecto, se introducía en el Código Penal un nuevo delito de «abuso de Derecho». Con arreglo a esta disposición, a los jueces se les puede procesar por cualquier decisión arbitraria que cause un perjuicio o un beneficio a otra persona. Se prevé que la disposición solo se aplique en caso de decisiones manifiestamente arbitrarias e incorrectas. Los procesos penales están dirigidos por el Fiscal Especial y un Tribunal Penal Especial. Un juez acusado de este delito tendrá derecho a solicitar al Consejo del Poder Judicial que manifieste su desacuerdo con la continuación de la acción penal, lo que, si se concede, equivaldría a la suspensión del procedimiento. El juez inculpado solo podrá ser suspendido temporalmente por decisión de un tribunal disciplinario. Si bien las normas europeas establecen que solo puede responsabilizarse a un juez por su toma de decisiones en casos excepcionales de malevolencia y negligencia grave, todo régimen de responsabilidad de los jueces debe ofrecer de manera clara y precisa las garantías necesarias para evitar cualquier riesgo de que dicho régimen se utilice como instrumento de presión sobre la actividad judicial o como sistema de control político del contenido de las resoluciones judiciales. Es importante que, al poner en práctica estas nuevas disposiciones, dichas garantías se respeten debidamente en consonancia con las normas europeas. Algunas partes interesadas han expresado su preocupación por la modificación constitucional de la inmunidad de los jueces y han señalado que su redacción, amplia y vaga, podría entrañar un riesgo potencial de abuso.
La reciente reforma constitucional modificaba el régimen de traslado de jueces sin su consentimiento. La reciente reforma constitucional estipulaba la posibilidad de trasladar a jueces, sin su consentimiento, en caso de un cambio en el mapa judicial, si dicho traslado es necesario para garantizar el correcto funcionamiento del poder judicial. De conformidad con las normas europeas, en casos excepcionales es posible trasladar a jueces sin su consentimiento, siempre que existan garantías suficientes. Entre estas garantías están los requisitos de no poder trasladar a los jueces a un tribunal de instancia inferior y de permitirles recurrir a la revisión judicial. Es importante que la legislación de aplicación ofrezca garantías suficientes teniendo en cuenta las normas europeas.
Se está preparando un proyecto de reforma de la planta judicial. A raíz de las recomendaciones de un informe de la Comisión para la Eficacia de la Justicia (CEPEJ) del Consejo de Europa relativas, entre otras cosas, a reflexionar sobre la mejora de la especialización de los jueces y sobre un cambio de la planta judicial, en concreto sobre la reducción del número de tribunales de distrito, el Ministerio de Justicia ha organizado grupos de trabajo compuestos por jueces, entre otros miembros, con el fin de preparar un proyecto de reforma. El objetivo de la reforma es aumentar la confianza de los ciudadanos en el sistema judicial y mejorar su eficacia y su calidad. El proyecto de nueva planta judicial se basa en la necesidad de que los órganos jurisdiccionales tengan un tamaño suficiente para que los jueces y magistrados puedan especializarse más, facilitar el respeto de las identidades culturales y regionales y mejorar la accesibilidad de la justicia. Sobre la base de los datos relativos a la carga de trabajo de los tribunales actuales, así como a la infraestructura y la accesibilidad de los tribunales, el proyecto de reforma proponía reducir el número de tribunales de distrito y regionales de 54 a 30 y de 8 a 3 respectivamente. Los jueces, el personal al servicio de la administración de justicia y los asuntos de los tribunales disueltos se trasladarían a los restantes tribunales sucesores. Entre septiembre y diciembre de 2020, se presentó el proyecto de reforma a jueces y otras partes interesadas; los debates se sucedieron en enero y febrero de 2021. El Ministerio de Justicia está evaluando ahora los comentarios presentados en la consulta pública, que tuvo lugar desde mediados de diciembre de 2020 hasta principios de marzo de 2021. El proyecto de reforma se topó con críticas de varias partes interesadas, que informaron, entre otras cosas, de su falta de participación en el proceso de redacción y expresaron su preocupación por la accesibilidad de los tribunales. Tras las críticas, el Ministerio de Justicia decidió continuar con las consultas a los jueces hasta septiembre de 2021, tras las que someterá de nuevo a consulta pública una propuesta reformulada de reforma del mapa judicial. Dado que la reforma implicará el traslado de jueces, cabe señalar que, de acuerdo con las normas europeas, los jueces que se trasladen en el curso de la reforma sin su consentimiento deben beneficiarse de garantías procesales que aseguren que su independencia no se vea comprometida (véase más arriba). Una revisión del proyecto de reforma realizada por la CEPEJ concluyó que la metodología utilizada se ajusta a sus directrices y a su informe de evaluación y puso de relieve el enfoque basado en pruebas adoptado por las autoridades eslovacas. Formuló asimismo otras recomendaciones, como la reflexión sobre un aplazamiento de su aplicación.
Se ha creado un Tribunal Supremo Administrativo y se prevé la creación de tribunales administrativos. Se espera que el nuevo sistema de tribunales administrativos conste de tres tribunales administrativos, cuya creación se propone en el proyecto de reforma del mapa judicial, y de un Tribunal Supremo Administrativo, creado por la reciente reforma constitucional y que se espera que entre en funcionamiento en agosto de 2021. El presidente del Tribunal Supremo Administrativo se nombró en mayo de 2020 y el proceso de selección de los jueces está en curso. A los jueces del Tribunal los seleccionará el Consejo del Poder Judicial. El proyecto de reforma del mapa judicial (véase más arriba) prevé la creación de tres tribunales administrativos distintos. Está previsto que a los presidentes de estos nuevos tribunales administrativos los seleccione un comité compuesto por cinco miembros, que elegirá el Ministro de Justicia; de ellos, dos deberán ser de entre los candidatos propuestos por el Consejo del Poder Judicial. Por lo que se refiere a la selección de los jueces de los tribunales administrativos, se propone que el Ministro de Justicia determine qué puestos se cubrirán mediante un traslado de jueces y cuáles mediante un procedimiento de selección. Es importante que la creación de estos tribunales y el régimen que les sea aplicable tengan en cuenta las normas europeas.
Se eligió a un Fiscal General y a un Fiscal Especial mediante un nuevo procedimiento. En septiembre de 2020, el Parlamento aprobó una ley que introducía varios cambios en el proceso de elección del Fiscal General y del Fiscal Especial. Dicha ley ampliaba la lista de personas con derecho a proponer un candidato a la Fiscalía General, abría la candidatura a la Fiscalía también a no fiscales e introducía el requisito de que los candidatos a Fiscal General y a Fiscal Especial se sometiesen a una audiencia pública en el Parlamento. Estas normas nuevas se aplicaron ya en diciembre de 2020 y febrero de 2021 durante la elección de los candidatos a Fiscal General y Fiscal Especial. Los medios de comunicación siguieron de cerca ambas elecciones y las partes interesadas señalaron el aumento de transparencia del proceso.
Calidad
Los esfuerzos por avanzar en la digitalización están dando resultados, pero en la práctica surgen deficiencias. El compromiso activo para avanzar en la digitalización del sistema judicial de los últimos años ha empezado a dar resultados. Eslovaquia está bien equipada en cuanto a normas procesales que permiten el uso de tecnología digital en los tribunales, además de disponer de una serie de herramientas e infraestructuras que facilitan la comunicación a distancia y un acceso remoto seguro al lugar de trabajo, la comunicación electrónica segura entre los servicios judiciales y los profesionales e instituciones del Derecho o la posibilidad de que los usuarios inicien y sigan procedimientos en asuntos civiles, mercantiles y administrativos. Se observan lagunas, en particular, en lo que respecta a la Fiscalía y a las soluciones digitales para los procedimientos judiciales en asuntos penales. Sin embargo, hay indicios de que, si bien existen herramientas e infraestructuras, su uso en la práctica podría verse obstaculizado, por ejemplo, por la poca facilidad de uso, la incompatibilidad de los diferentes sistemas de información utilizados o la falta de competencias de los usuarios. Aunque la pandemia de COVID-19 ha contribuido en general al impulso del proceso de digitalización, también ha puesto de manifiesto algunas de estas deficiencias prácticas. Hay en marcha varios proyectos para abordar las necesidades del sistema judicial, dirigidos por un nuevo departamento informático del Ministerio de Justicia y entre los que se encuentra el desarrollo de un nuevo sistema de gestión de casos y un nuevo registro comercial, que también se han incluido en el Plan de recuperación y resiliencia de Eslovaquia.
Aunque la pandemia tuvo un impacto notable en el sistema judicial, los tribunales y abogados en general pudieron continuar con su trabajo. El número de audiencias celebradas por los tribunales de distrito y regionales sí disminuyó. Cuando se celebraron audiencias, se hicieron por videoconferencia o en persona, de ser necesario, en cuyo caso se cumplieron las debidas medidas de seguridad. El Tribunal Supremo se vio menos afectado, entre otras cosas porque la mayoría de sus procedimientos son por escrito. Los abogados también se vieron afectados por la pandemia, pero no han comunicado obstáculos importantes en el ejercicio de su trabajo. El Consejo del Poder Judicial ha seguido de cerca la situación en los tribunales. El Ministerio de Justicia ha publicado directrices e información sobre las restricciones, que los tribunales han agradecido.
Eficiencia
La eficiencia de los procedimientos contenciosos-administrativos se ha deteriorado aún más. En 2019 continuó la tendencia al aumento de la duración media de los procedimientos contencioso-administrativos, que ya era larga desde el punto de vista de la UE, y alcanzó los 518 días, frente a los 157 días de 2018. Al mismo tiempo, la tasa de resolución también ha seguido disminuyendo, hasta un 81,4 % en 2019 (frente al 96,1 % de 2018). Esto sugiere que el sistema no consigue hacer frente de manera eficiente a la carga de trabajo en los asuntos contencioso-administrativos. Por lo que se refiere a los asuntos civiles y mercantiles, la duración media estimada de los procedimientos en contenciosos civiles y mercantiles aumentó en 2019 en comparación con 2018 y llegó a los 170 días (frente a los 157 de 2018). El Consejo de Europa ha examinado varios grupos de casos relativos a la excesiva duración de los procedimientos civiles.
II.Marco de lucha contra la corrupción
En Eslovaquia, las competencias en materia de prevención, detección y enjuiciamiento de la corrupción las comparten varias autoridades. La Oficina del Gobierno es el órgano central para la coordinación de la prevención de la corrupción y responde directamente ante la Oficina del Primer Ministro. El Organismo Nacional de Lucha contra la Delincuencia del Presídium de la Policía se encarga de la detección e investigación de los delitos de corrupción, salvo de los que cometen los propios miembros de la policía y de determinadas fuerzas o cuerpos de seguridad, que son competencia de la Oficina del Servicio de Inspección. La Fiscalía Especial tiene competencia exclusiva en materia de investigación de delitos penales sometidos a la jurisdicción sustantiva del Tribunal Penal Especial, incluidos los delitos de corrupción.
La percepción entre los expertos y los ejecutivos de empresas es que el nivel de corrupción en el sector público sigue siendo elevado. En el Índice de percepción de la corrupción de 2020 de Transparencia Internacional, Eslovaquia obtiene una puntuación de 49/100 y ocupa el puesto 17 en la Unión Europea y el puesto 60 del mundo
. Esta percepción se ha mantenido relativamente estable
en los últimos cinco años
.
El marco estratégico para la lucha contra la corrupción está constituido por la política anticorrupción para el período 2019-2023. Dicha política
se centra principalmente en la prevención a través de medidas blandas y va acompañada por un plan de acción, el Programa Nacional Anticorrupción
, y por varios programas sectoriales
. Al ser esencialmente idéntico al documento político, el plan de acción actual no propone medidas operativas concretas para facilitar la aplicación de las prioridades políticas. El Programa Nacional Anticorrupción se encuentra actualmente en proceso de actualización
. El Departamento de Prevención de la Corrupción de la Oficina del Gobierno supervisa la aplicación de la política y del plan de acción. La supervisión de la ejecución de los programas sectoriales es competencia de los órganos centrales de la administración estatal pertinentes
.
El marco jurídico penal se ha complementado con la entrada en vigor de una nueva ley sobre embargo de bienes. Entre otras cosas, la Ley sobre el embargo
, que entró en vigor en enero de 2021, impide la legalización de los activos de origen delictivo mediante transferencias a terceros y modifica el Código Penal con la introducción de nuevos delitos, como el delito de aceptar u ofrecer beneficios o ventajas injustificados y el delito de corrupción indirecta
. Asimismo, la ley introduce una definición de producto del delito. En particular, la ley estipula la creación de una nueva Oficina para la Gestión de Bienes Embargados
. Sin embargo, existen deficiencias legislativas en lo que respecta a la autorización de la policía para solicitar información financiera de sospechosos a los bancos en la fase de investigación de estos delitos
, así como en lo que se refiere a la tipificación como delito del tráfico de influencias
.
Se están aplicando medidas para aumentar los recursos de la Fiscalía Especial con el fin de reforzar sus competencias. El 10 de febrero de 2021, el Gobierno aprobó una propuesta para aumentar los recursos y el personal especializado de la Fiscalía Especial
. En total, el número de fiscales aumentó en 2021 de 35 a 38. Con el objetivo de responder a la preocupación por la limitación de recursos y capacidades para perseguir la corrupción
de alto nivel, la división que se ocupa específicamente de la corrupción y de los delitos relacionados con ella ha duplicado su personal, pasando de cinco a diez fiscales en la Fiscalía Especial
. La reorganización tuvo lugar durante 2021
. Se ha acordado asimismo un aumento significativo de los recursos presupuestarios para la Fiscalía Especial
. El grado de confianza en la policía, así como la especialización y la digitalización de dicho cuerpo, siguen resultando preocupantes, lo que afecta a la cooperación del Ministerio Fiscal con la policía y a la detección de la corrupción y los delitos relacionados con ella
. En concreto, tal y como se indica en el Informe sobre el Estado de Derecho de 2020, reforzar las capacidades en materia forense y analítica del Organismo Nacional de Lucha contra la Delincuencia contribuiría a aumentar la eficacia de la investigación financiera. Está previsto llevar a cabo una reforma integral de la policía para modernizar el cuerpo en este sentido a más tardar en junio de 2022
.
Los esfuerzos para luchar contra la corrupción de alto nivel han aumentado significativamente en Eslovaquia durante el período cubierto por el informe. La capacidad de investigar y enjuiciar la corrupción de alto nivel ha mejorado considerablemente tras las manifestaciones públicas masivas contra la impunidad que se percibía ante la corrupción de alto nivel, sobre la base de revelaciones hechas en el contexto del asesinato del periodista Ján Kuciak y su prometida Martina Kušnírová en 2018. En octubre de 2020, varios antiguos representantes de alto rango de la policía, la Fiscalía y el poder judicial, así como del sector privado, fueron acusados de corrupción y delitos relacionados con ella
. En 2020, el Organismo Nacional de Lucha contra la Delincuencia incoó procedimientos en 158 casos de corrupción
. El número de personas condenadas por delitos de corrupción aumentó más del doble entre 2019 (62 condenas) y 2020 (128 condenas)
. Más recientemente, en mayo de 2021, el Organismo Nacional de Lucha contra la Delincuencia detuvo asimismo a varios altos funcionarios del Fondo Territorial
presuntamente implicados en sistemas de corrupción entre 2016 y 2020
. En este contexto, la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) ya había expresado su preocupación en 2020 a raíz de tres investigaciones administrativas sobre pagos agrícolas por deficiencias en el Fondo Territorial en relación con la transparencia, la igualdad de trato de los solicitantes de arrendamiento y la seguridad jurídica en los procedimientos internos
. Sin embargo, la cooperación entre el Organismo Nacional de Lucha contra la Corrupción, la Oficina Nacional de Seguridad, la Oficina Superior de Auditoría y la Unidad de Inteligencia Financiera podría seguir mejorando y estrechándose para detectar y documentar más apropiadamente la corrupción
. La aplicación efectiva del soborno en el extranjero también sigue siendo motivo de preocupación
.
El Parlamento eslovaco nombró al Jefe de la Oficina para la Protección de los Denunciantes de irregularidades en febrero de 2021. Tras este nombramiento
, la Oficina deberá estar operativa y asumir sus funciones en un plazo de seis meses
. El mandato del Jefe de la Oficina es de siete años. La Oficina es independiente de cualquier otro departamento
. El mandato de la Oficina se centrará en las infracciones de la legislación y en la protección frente a represalias adoptadas por la entidad notificada sobre la base de los principios de confidencialidad y anonimato
. La función de la Oficina es proporcionar asesoramiento, formación, orientación metodológica y sensibilización pública sobre la denuncia de irregularidades, también en casos de corrupción. La Oficina debe responder ante el Parlamento y presentará un informe anual. Los destinatarios de la Oficina son tanto el sector público como el privado.
Eslovaquia se comprometió a presentar un proyecto de ley sobre los grupos de presión en noviembre de 2021. El proceso dirigido por la Oficina del Gobierno
se encuentra en la fase preparatoria inicial
. Ha habido varios intentos de adoptar una legislación en este sentido, pero hasta la fecha la actividad de los grupos de presión sigue sin estar regulada en Eslovaquia. Como consecuencia de ello, no existen definiciones jurídicas de los grupos de presión ni de las actividades y los objetivos de dichos grupos, ni tampoco sanciones efectivas para las actividades indebidas de los grupos de presión ni una huella legislativa
. Sin embargo, sí hay instrumentos legislativos y de otro tipo a este respecto que permiten hacer un seguimiento de los comentarios vertidos por las partes interesadas y de la medida en que estos se han incorporado a un proyecto legislativo
. También está previsto crear un código deontológico para los diputados
e introducir un reglamento legislativo sobre las normas posteriores al empleo («puertas giratorias») de cara a 2021
. Han entrado en vigor modificaciones de la Ley de protección del interés público que establecen la obligación de declarar las donaciones u otras prestaciones, así como el uso de bienes muebles o inmuebles
.
El Gobierno tiene la intención de crear una nueva oficina centralizada para la supervisión y verificación patrimonial, también en el caso de altos funcionarios ejecutivos. La Oficina del Gobierno, en cooperación con el Parlamento, se encuentra en la fase inicial de la concepción de una propuesta legislativa para crear una oficina unificada
. Por el momento, el sistema de declaraciones patrimoniales de los diputados, jueces, fiscales, funcionarios y funcionarios públicos está descentralizado. A principios de 2021 se notificaron importantes retrasos en la publicación de las declaraciones patrimoniales de 2019 de los diputados, que debían presentarse en agosto de 2020, por razones relacionadas con la pandemia de COVID-19 y los procesos en curso para imponer multas por incumplimiento
.
Las finanzas de los partidos políticos son transparentes, pero su supervisión podría reforzarse. La principal ley que regula la financiación de los partidos políticos en Eslovaquia es la Ley sobre partidos y movimientos políticos
. Las donaciones a los partidos políticos están limitadas a 5 000 EUR en efectivo por año civil, aunque no existe tal límite durante los períodos electorales. Se prohíben las donaciones de entidades extranjeras y donantes anónimos. El incumplimiento puede dar lugar a una multa por parte de la Comisión Nacional para las Elecciones y el Control de la Financiación de los Partidos Políticos por un importe equivalente al doble de los ingresos procedentes de la donación o del servicio gratuito. Los partidos están obligados a informar anualmente a la Comisión del Estado sobre sus finanzas. Los informes financieros se ponen a disposición del público. Los informes los supervisa el Consejo Nacional de la República Eslovaca y deben revelar información financiera sobre las campañas electorales y la identidad de los donantes
. Los organismos de supervisión tienen recursos humanos limitados y se han planteado preocupaciones en cuanto a las candidaturas políticas dentro de ellos
. Para las elecciones de 2020, se aprobó en un plazo de dos días un proyecto de ley que endurecía las normas de financiación de la campaña electoral
y que afectaba especialmente a partidos de reciente creación, algo que suscitó la preocupación entre los partidos nuevos, la sociedad civil y los medios de comunicación en cuanto a la competencia leal entre partidos.
Según el Ministerio Fiscal, la pandemia de COVID-19 no tuvo ningún impacto específico en la incidencia de la corrupción, en la detección de la corrupción ni en los esfuerzos por combatir la corrupción en Eslovaquia. Debido a la pandemia de COVID-19, se aplazaron algunos juicios, lo que ha contribuido a la acumulación de casos pendientes
. Los sectores de alto riesgo que estaban expuestos a la corrupción antes de la pandemia siguieron siendo en gran medida proclives a la corrupción durante la pandemia, como la contratación pública y el sector de la asistencia sanitaria; en este último el riesgo se vio aumentado y aparecieron además sistemas de fraude de subvenciones relacionados con la pandemia
. En el marco del programa sectorial de lucha contra la corrupción del Ministerio de Sanidad
, se creó un grupo de trabajo específico para evaluar los riesgos de corrupción en el contexto de la pandemia de COVID-19, que identificó dos ámbitos de riesgo relacionados con solicitudes para gastos no subvencionables y duplicación de solicitudes de reembolso
. En un esfuerzo por reducir el período necesario para la adquisición de bienes, servicios y obras de construcción durante la pandemia, el Gobierno preparó una propuesta legislativa
para modificar su legislación en materia de contratación pública. Sin embargo, la propuesta se revisó en mayo de 2021 a raíz de una petición pública y de críticas por excluir a la Oficina de Contratación Pública del procedimiento de revisión previsto inicialmente y, por lo tanto, excluir del control público las comisiones de valor excesivo
. Según la sociedad civil, la propuesta legislativa revisada aborda las preocupaciones planteadas en la petición, dado que aumenta la transparencia y el control público y reduce así los riesgos de corrupción
.
III.Libertad y pluralismo de los medios de comunicación
La Constitución de la República Eslovaca consagra el derecho a expresar opiniones en palabras, textos impresos, imágenes u otros medios, el derecho a buscar, recibir y difundir ideas e información, así como el derecho de acceso a la información. El derecho de acceso a la información encuentra su expresión jurídica en la Ley de libertad de información
. La Ley de radiodifusión y retransmisión
tiene por objeto garantizar la pluralidad de la información, mientras que la Ley de prensa
establece normas relativas a la prensa y a los periodistas. Está pendiente de elaborarse una legislación para adaptar la Ley de radiodifusión y retransmisión a la Directiva de servicios de comunicación audiovisual.
El Consejo de Radiodifusión y Retransmisión funciona de manera autónoma. Dado que el Consejo de Radiodifusión dispone de su propio presupuesto, que los recursos asignados se consideran adecuados para el desempeño de sus funciones
y que la ley establece normas claras sobre el nombramiento y la destitución de sus miembros
, el informe del Media Pluralism Monitor de 2021
confirma que la independencia del Consejo está garantizada en líneas generales, aunque sigue habiendo un problema derivado de nombramientos políticos ocasionales.
Se espera que se introduzca un marco para garantizar la transparencia de la propiedad de los medios de comunicación a través de un proyecto de ley por el que se modificará la Ley de radiodifusión y retransmisión. A la espera de la adopción de dicho proyecto de ley, cuya adopción está prevista para septiembre de 2021 y que habría de introducir disposiciones sobre la transparencia de la estructura de propiedad y la titularidad real, tal como se prevé en la Directiva de servicios de comunicación audiovisual, el Media Pluralism Monitor considera una vez más en su informe de 2021 que la falta de regulación significa que este sigue siendo un ámbito de riesgo elevado La Ley de radiodifusión y retransmisión incluye topes y limitaciones para evitar un alto grado de concentración horizontal de la propiedad en los mercados de la televisión y la radio. No obstante, la falta de datos en relación con los ingresos y los índices audiencia del mercado dificulta la evaluación de la situación real.
Hubo una serie de condenas para personas implicadas en el asesinato del periodista Ján Kuciak y de su prometida Martina Kušnírová en 2018. Tres personas fueron condenadas y sentenciadas a penas de prisión de entre quince y veinticinco años por el Tribunal Penal Especial. Uno de los acusados ha recurrido su sentencia. El Ministerio Fiscal ha recurrido la absolución por parte del tribunal de primera instancia del presunto autor intelectual del asesinato. El 15 de junio de 2021 el Tribunal Supremo anuló las sentencias absolutorias de primera instancia del Tribunal Penal Especial y devolvió el caso a este último Tribunal. El Tribunal Supremo también confirmó la sentencia de 25 años de privación de libertad impuesta a otro de los acusados.
Tanto políticos del Gobierno como de la oposición han atacado verbalmente a periodistas y medios de comunicación. Se ha acusado a periodistas de «fastidiar» y de socavar la labor del Gobierno durante la pandemia de COVID-19. Ya en septiembre de 2020, la Plataforma del Consejo de Europa para promover la protección del periodismo y la seguridad de los periodistas publicó una alerta para Eslovaquia
por el caso del periodista de un periódico al que estaban vigilando personas no identificadas. La legislación propuesta para reforzar la protección de los periodistas se ha aplazado debido a la pandemia de COVID-19. Entre otras cosas, se proponen una definición del estatuto de los periodistas, la protección de las fuentes periodísticas y un mayor acceso a la información. El Gobierno está estudiando asimismo la posibilidad de introducir modificaciones en la estricta legislación eslovaca en materia de difamación penal con el fin de ofrecer garantías a los periodistas. No se ha incorporado ningún sistema de apoyo a los medios de comunicación para contrarrestar el impacto de la pandemia de COVID-19.
IV.Otras cuestiones institucionales relacionadas con el sistema de contrapoderes institucionales
Eslovaquia es una república parlamentaria en la que el Consejo Nacional (el Parlamento) es el único órgano constitucional y legislativo
. El derecho de iniciativa legislativa corresponde a las comisiones del Parlamento, a los parlamentarios y al Gobierno
. El Tribunal Constitucional decide sobre la conformidad de las leyes con la Constitución, las leyes constitucionales y los acuerdos internacionales y vela por el respeto de los derechos fundamentales y constitucionales. Las autoridades independientes participan asimismo en la protección de los derechos fundamentales.
Se han expresado ciertas preocupaciones por el carácter inclusivo del proceso legislativo. La reciente reforma constitucional (véase la sección I) se anunció en la Declaración del programa gubernamental de abril de 2020 y, tras presentarse ante varias partes interesadas y hacerse una consulta pública por escrito en julio de 2020, se presentó al Parlamento a principios de octubre de 2020 y se aprobó en diciembre de 2020. Las partes interesadas expresaron su preocupación por la ausencia de un debate amplio e informado sobre las principales características de la reforma, así como por la falta de consulta a la Comisión de Venecia, habida cuenta del alcance y la importancia de la reforma. Asimismo, las partes interesadas han subrayado la importancia de que los cambios constitucionales sean consecuencia de un debate público abierto y oportuno, en el que participen las propias partes interesadas y la sociedad civil, en consonancia con las normas europeas. Las partes interesadas han expresado además su preocupación por su falta de participación en otros procesos legislativos y por el uso de procedimientos acelerados en el Parlamento, algo que también se aplicó en el caso de legislaciones no estrictamente ligadas a la pandemia.
Aún no se han materializado los planes anunciados en 2020 para mejorar el proceso legislativo y reforzar la transparencia, la eficiencia y la rendición de cuentas de la administración pública. El nuevo Gobierno, en vigor desde abril de 2021, incluyó en su Declaración programática los compromisos del anterior Gobierno de mejorar el proceso de elaboración y promulgación de legislación, reforzar la transparencia, la eficiencia y la rendición de cuentas de la administración pública, ampliar el acceso a la información y ampliar la aplicación del gobierno abierto. Asumió asimismo el compromiso de reforzar las competencias de la Oficina Superior de Auditoría. Aún no se han presentado propuestas a estos efectos ni se han iniciado consultas con las partes interesadas. El Gobierno tiene en fase preparatoria una enmienda a la Ley de libre acceso a la información.
La reforma constitucional establece expresamente que el Tribunal Constitucional no tiene competencia para revisar las leyes constitucionales. En el pasado, el Tribunal Constitucional ha hecho valer su facultad de evaluar la constitucionalidad de las leyes constitucionales, algo que utilizó en una ocasión para proteger la independencia judicial. La reciente reforma constitucional (véase la sección I) ha modificado la redacción de la Constitución para prohibir expresamente a este Tribunal revisar la constitucionalidad de dichas leyes. Las partes interesadas han criticado dicha modificación. La constitucionalidad de esta enmienda se ha impugnado ante el Tribunal Constitucional, donde aún está pendiente de resolverse.
El Parlamento modificó la legislación relativa al estado de excepción para permitir una prórroga más allá de los noventa días. El Parlamento continuó sus actividades durante el estado de excepción sin alteraciones importantes. El estado de alarma permite al Gobierno adoptar ordenanzas que limiten determinados derechos y libertades, como la libertad de circulación. El Gobierno está facultado para declarar el estado de alarma con una duración máxima de noventa días, en las condiciones establecidas por una ley constitucional. Tras la aplicación del estado de alarma desde el 16 de marzo de 2020 hasta el 13 de junio de 2020, el Gobierno declaró un nuevo estado de alarma a partir del 1 de octubre de 2020. En diciembre de 2020, el Parlamento modificó la legislación pertinente para permitir la prórroga repetida del estado de alarma por parte el Gobierno en plazos de cuarenta días, a condición de su aprobación por el Parlamento. El estado de excepción finalizó el sábado, 15 de mayo de 2021. El Tribunal Constitucional tiene la facultad de revisar la constitucionalidad de una declaración y prórroga del estado de excepción. Sin embargo, las partes interesadas han observado que los plazos para dicha revisión son escasos. Se solicitó al Tribunal Constitucional que examinara la constitucionalidad de la declaración y de una de las prórrogas, y en ambas ocasiones el Tribunal declaró su conformidad con la legislación pertinente. El Tribunal Constitucional también ha examinado varias medidas adoptadas en el contexto de la pandemia y ha aclarado cuestiones relativas a la competencia de los tribunales ordinarios para pronunciarse sobre tales medidas. No obstante, a raíz de posteriores cambios legislativos, se planteó la preocupación de que el derecho a la revisión judicial de determinadas medidas pudiera no estar suficientemente garantizado.
El Defensor Público de Derechos y el Centro Nacional de Derechos Humanos asumieron un papel activo en la defensa de los derechos de los ciudadanos durante la pandemia. El Defensor Público de Derechos es un organismo independiente encargado de la protección de los derechos y libertades fundamentales en los procedimientos ante la administración pública y otros organismos públicos, mientras que el Centro Nacional de Derechos Humanos eslovaco es la institución nacional de derechos humanos competente, además del organismo de igualdad de Eslovaquia. Durante la pandemia de COVID-19, el Defensor Público de Derechos recibió casi un 50 % más de denuncias de lo usual y también le llegaron más solicitudes de orientación por parte de la ciudadanía en relación con las medidas ligadas a la pandemia. La carga de trabajo del Centro Nacional de Derechos Humanos fue comparable a la de los últimos años, aunque el contenido de las denuncias cambió, con una mayoría relacionada con las medidas ligadas a la pandemia. Las instituciones han detectado infracciones en varios ámbitos, como la cuarentena obligatoria dictaminada por el Estado para las personas que regresaran del extranjero, el aislamiento de determinados asentamientos gitanos en su conjunto y las restricciones de acceso a la asistencia sanitaria y el derecho a la educación.
Sigue existiendo un marco jurídico propicio para las organizaciones de la sociedad civil, pero preocupa ahora la limitación de la financiación de determinadas ONG. El nuevo Gobierno ha asumido el compromiso de seguir reforzando la sociedad civil. En diciembre de 2020 se puso en marcha un nuevo registro de organizaciones no gubernamentales sin ánimo de lucro. Dicho mecanismo representa un registro público único de todas las organizaciones definidas en la Ley correspondiente que operan en Eslovaquia y tiene por objeto mejorar aún más la transparencia. Las partes interesadas han manifestado su preocupación por los ataques verbales dirigidos por autoridades públicas y políticos contra activistas y organizaciones de la sociedad civil y por la limitación deliberada de la financiación pública de organizaciones que promueven la igualdad de género. Asimismo, la pandemia de COVID-19 ha llevado al límite la actividad de una serie de organizaciones de la sociedad civil y las partes interesadas han expresado su especial preocupación por lo que respecta a las repercusiones generales de la pandemia en la situación financiera de las ONG.
Anexo I: Lista de fuentes por orden alfabético*
* La lista de aportaciones recibidas en el marco de la consulta para el Informe sobre el Estado de Derecho en 2021 está disponible en
https://ec.europa.eu/info/policies/justice-and-fundamental-rights/upholding-rule-law/rule-law/rule-law-mechanism/2021-rule-law-report-targeted-stakeholder-consultation_es
.
Aktuality.sk (2021), «La NAKA arrestó de nuevo al financiero Kvietik y a varias personas del Fondo Territorial Eslovaco» (NAKA opäť zadržala finančníka Kvietika aj viacero ľudí zo Slovenského pozemkového fondu) (
https://www.aktuality.sk/clanok/892385/naka-opat-zadrzala-financnika-martina-kvietika
).
Mesa del Consejo Consultivo de Jueces Europeos (2020), Dictamen de 9 de diciembre de 2020, CCJE-BU(2020)3.
Centro para el Pluralismo y la Libertad de los Medios de Comunicación (2021), Informe del Media Pluralism Monitor de 2021.
Unión de las Libertades Civiles para Europa (2021), aportación al Informe sobre el Estado de Derecho de 2021.
Plataforma de comunicación de jueces eslovacos y asociación de jueces eslovacos (2021), Aportación al Informe sobre el Estado de Derecho de 2021.
Consejo de Europa: Comité de Ministros (2010), Recomendación CM/Rec(2010)12 del Comité de Ministros del Consejo de Europa sobre los jueces: independencia, eficiencia y responsabilidades.
Consejo de Europa (2020): Recomendación del Consejo, de miércoles, 20 de mayo de 2020, relativa al Programa Nacional de Reformas de 2020 de Eslovaquia y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2020 de Eslovaquia, COM(2020)525 final.
Consejo de Europa: Comisión de Venecia (2005), Segundo dictamen provisional sobre las reformas constitucionales en la República de Armenia, CDL-AD(2005)016.
Consejo de Europa: Comisión de Venecia (2010), Informe sobre la enmienda constitucional, CDL-AD(2010)001.
Consejo de Europa, Comisión de Venecia (2013), Dictamen sobre el proyecto de modificación de la Ley Orgánica de Tribunales de Competencia General de Georgia, CDL-AD (2013)007-e.
Consejo Consultivo de los Jueces Europeos (2007), Dictamen n.º 10.
Consejo Consultivo de Jueces Europeos (2016), Dictamen n.º 19.
Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sentencia de 25 de julio de 2018, LM, C‑216/18 PPU.
Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sentencia de 18 de mayo de 2021, asuntos acumulados rumanos, C-83/19, C-127/19, C-195/19, C-291/19, C-355/19 y C-397/19.
Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sentencia de 20 de abril de 2021, Repubblika, C-896/19.
Dirección General de Comunicación (2019), Flash Eurobarometer 482: Businesses’ attitudes towards corruption in the EU.
Dirección General de Comunicación (2020), Special Eurobarometer 502: corruption.
Comisión Europea (2020), Informe sobre el Estado de Derecho, Capítulo sobre la situación del Estado de Derecho en Eslovaquia.
Comisión Europea (2021), Cuadro de indicadores de la justicia en la UE.
Comisión Europea (2021), comunicado de prensa n.º 03/2021, La OLAF archiva asuntos relativos a los fondos agrícolas de la UE en Eslovaquia (
https://ec.europa.eu/anti-fraud/media-corner/news/21-01-2021/olaf-closes-cases-eu-agricultural-funds-slovakia_en
).
Comisión Europea, Comisión para la Eficacia de la Justicia del Consejo de Europa (2017), Eficiencia y calidad del sistema judicial eslovaco, Evaluación y recomendaciones basadas en las herramientas de la CEPEJ, CEPEJ-COOP(2017)14.
Comisión Europea, Comisión para la Eficacia de la Justicia del Consejo de Europa (2020), Revisión por expertos de la CEPEJ de la reforma del mapa judicial en la República Eslovaca.
Comisión Europea, Comisión para la Eficacia de la Justicia del Consejo de Europa, Estudio anual.
Tribunal Europeo de Derechos Humanos, sentencia de 24 de julio de 2012, Maxian y Maxianova, 44482/09, estado de ejecución (
http://hudoc.exec.coe.int/eng?i=004-7711
).
Tribunal Europeo de Derechos Humanos, sentencia de 15 de septiembre de 2015, Javor y Javorova, 42360/10, estado de ejecución (
http://hudoc.exec.coe.int/eng?i=004-7717
).
Tribunal Europeo de Derechos Humanos, sentencia de 27 de junio de 2017, Ivan, 57405/15, estado de ejecución (
http://hudoc.exec.coe.int/eng?i=004-47309
).
Tribunal Europeo de Derechos Humanos, sentencia de 31 de agosto de 2018, Balogh y otros, 35142/15, estado de ejecución (
http://hudoc.exec.coe.int/eng?i=004-51541
).
Tribunal Europeo de Derechos Humanos, sentencia de 9 de marzo de 2021, Bilgen/Turquía, 1571/07.
Red Europea de Consejos del Poder Judicial (2012-2013), Informe sobre normas mínimas para la evaluación del rendimiento profesional y la inamovilidad de los miembros del poder judicial.
Red Europea de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (2021), Aportación al Informe sobre el Estado de Derecho de 2021.
GRECO (2019), Cuarta ronda de evaluación, adición al segundo Informe sobre cumplimiento, República Eslovaca.
GRECO (2019), Quinta ronda de evaluación, Informe de evaluación, República Eslovaca.
GRECO (2021), Cuarta ronda de evaluación, segunda adición al segundo Informe sobre cumplimiento, República Eslovaca.
GRECO (2021), Eslovaquia: GRECO lamenta los lentos avances en la prevención de la corrupción de parlamentarios, jueces y fiscales (
https://www.coe.int/en/web/portal/-/slovakia-greco-regrets-slow-progress-in-preventing-corruption-of-parliamentarians-judges-and-prosecutors
).
OCDE (2012), Aplicación del Convenio Anticohecho de la OCDE, fase 3: Eslovaquia.
OCDE (2014), Aplicación del Convenio de Lucha contra la Corrupción de la OCDE, Seguimiento del informe y recomendación de la fase 3: Eslovaquia.
OCDE (2017), Aplicación del Convenio Anticohecho de la OCDE, Informe de la fase 1 bis: Eslovaquia.
Defensor Público de Derechos (2020), Informe anual sobre las actividades del Defensor Público de Derechos (Správa o činnosti verejného ochrancu práv za obdobie roka 2020), (
https://www.vop.gov.sk/files/VOP_VS20_SK_1.pdf
).
Colegio de Abogados eslovaco (2021), Aportación al Informe sobre el Estado de Derecho de 2021.
Colegio de Abogados eslovaco (2021), comunicado de prensa de 23 de marzo de 2021. El presidente del Colegio de Abogados eslovaco visitó al nuevo director general de la Guardia de Prisiones (Predseda SAK navštívil nového generálneho riaditeľa Zboru väzenskej a justičnej stráže) (
https://www.sak.sk/web/sk/cms/news/form/list/form/row/596497/_event
).
Tribunal Constitucional eslovaco, sentencia de 30 de enero de 2019, Pl ÚS 21/2014-96.
Tribunal Constitucional eslovaco, sentencia de 14 de octubre de 2020, Pl ÚS 22/2020.
Tribunal Constitucional eslovaco, sentencia de miércoles, 31 de marzo de 2021, Pl ÚS 2/2021.
Gobierno de Eslovaquia (2018), Política de lucha contra la corrupción de la República Eslovaca para 2019-2023 (
https://rokovania.gov.sk/download.dat?id=588DFBA123494910A70AF18737B85A81-034BF7E75BABC88FC3A419E44DED1345
).
Gobierno de Eslovaquia (2019), Programa Nacional de Lucha contra la Corrupción de la República Eslovaca (
https://rokovania.gov.sk/download.dat?id=F75436C4AF3C4D96AE93D60FD6BCA184-99C291B1BA87B0B9BF1E773CB8DA6BA0
).
Gobierno de Eslovaquia (2020), Informe anual sobre las actividades del Defensor Público de Derechos (
https://www.vop.gov.sk/files/VOP_VS20_SK_1.pdf
).
Gobierno de Eslovaquia (2021), Aportación de Eslovaquia al Informe sobre el Estado de Derecho de 2021.
Gobierno de Eslovaquia, Plan de tareas legislativas del Gobierno de la República Eslovaca para 2021 (
https://www.slov-lex.sk/legislativne-procesy?p_p_id=processDetail_WAR_portletsel&p_p_lifecycle=2&p_p_state=normal&p_p_mode=view&p_p_cacheability=cacheLevelPage&p_p_col_id=column-2&p_p_col_count=1&_processDetail_WAR_portletsel_fileCooaddr=COO.2145.1000.3.4201465&_processDetail_WAR_portletsel_file=pl%C3%A1n-2021.pdf&_processDetail_WAR_portletsel_action=getFile
).
Gobierno de Eslovaquia, Declaración del programa para 2020-2024
(https://www.mpsr.sk/programove-vyhlasenie-vlady-slovenskej-republiky-na-obdobie-rokov-2020-2024/800-17-800-15434/
).
Gobierno de Eslovaquia, Declaración del programa para 2021-2024 (
https://www.nrsr.sk/web/Dynamic/DocumentPreview.aspx?DocID=494677
).
Gobierno de Eslovaquia (2021), Plan de Recuperación y Resiliencia (Plán obnovy a odolnosti Slovenskej republiky) (https://www.planobnovy.sk/files/dokumenty/kompletny-plan_obnovy.pdf)
Abogados eslovacos, Convocatoria abierta y aportación al Informe sobre el Estado de Derecho de 2021 (
https://pravnystat.eu/en/
).
Ministerio de Sanidad eslovaco, Programa sectorial anticorrupción (
https://www.health.gov.sk/Zdroje?/dokumenty/mzsr/rezortny-protikorupcny-program.rtf
).
Ministerio de Justicia eslovaco, Centro de Análisis (2020), Recomendaciones para la preparación de una nueva planta judicial (
http://web.ac-mssr.sk/wp-content/uploads/2020/sudna_mapa/nova_sudna_mapa_3_0_final.pdf
).
Ministerio de Justicia eslovaco, Centro de Análisis (2020), Recomendaciones para la preparación de una nueva planta judicial (
http://web.ac-mssr.sk/wp-content/uploads/2020/sudna_mapa/nova_sudna_mapa_3_0_final.pdf
).
Ministerio de Justicia eslovaco, Centro de Análisis (2020), Reforma del mapa judicial (
http://web.ac-mssr.sk/wp-content/uploads/2020/sudna_mapa/Reforma_sudnej_mapy_na_citanie.pdf
).
Ministerio de Justicia eslovaco, calendario del proceso de elaboración de la reforma del mapa judicial (
http://web.ac-mssr.sk/wp-content/uploads/2020/sudna_mapa/20210223_Casov%C3%A1_os_Sudna_mapa_v.2.pdf
).
Ministerio de Desarrollo Regional eslovaco (2020), comunicado de prensa, viceprimer ministro Remišová: 1,1 millones EUR para ayudar a las organizaciones no gubernamentales dedicadas a la lucha contra la COVID-19 (Vicepremiérka Remišová: 1,1 milióna eur na pomoc mimovládnym organizáciám v boji s COVID-19) (
https://www.mirri.gov.sk/aktuality/podpredsednicka-vlady/vicepremierka-remisova-11-miliona-eur-na-pomoc-mimovladnym-organizaciam-v-boji-s-covid-19/
).
Centro Nacional Eslovaco de Derechos Humanos (2019), Informe anual sobre el respeto de los derechos humanos (
http://www.snslp.sk/wp-content/uploads/Sprava-o-LP-v-SR-za-rok-2020-.pdf
).
Transparencia Internacional (2020), Exporting corruption.
Transparencia Internacional (2021), Índice de percepción de la corrupción de 2020.
UNCAC, Revisión de la aplicación, primer ciclo (2010-2015), Informe de revisión por país de la República Eslovaca (
https://www.unodc.org/documents/treaties/UNCAC/CountryVisitFinalReports/2013_07_11_Slovakia_Final_Country_Report.pdf
).
Anexo II: Visitas a Eslovaquia
Los servicios de la Comisión celebraron reuniones virtuales en abril de 2021 con:
·la Asociación de Jueces
·Oficina del Gobierno, Departamento de Prevención de la Corrupción
·Jueces por un Poder Judicial Abierto
·Consejo del Poder Judicial
·Liga de Derechos Humanos
·Ministerio de Cultura
·Ministerio de Sanidad
·Ministerio del Interior
·Ministerio de Justicia
·Centro Nacional de Derechos Humanos
·Organismo Nacional de Lucha contra la Delincuencia de la Policía
·Alianza para el Gobierno Abierto
·Fiscalía General
·Defensor Público de Derechos
·Colegio de Abogados de Eslovaquia
·Consejo de Radiodifusión de Eslovaquia
·Fiscalía Especial
·Tribunal Supremo
·Transparencia Internacional
·Vía Iuris
* Además, la Comisión mantuvo reuniones horizontales con las siguientes organizaciones:
·Amnistía Internacional
·Centro de Derechos Reproductivos
·CIVICUS
·Unión por las Libertades Civiles en Europa
·Sociedad Civil Europa
·Conferencia de Iglesias Europeas
·EuroCommerce
·European Center for Not-for-Profit Law
·Centro Europeo para la Libertad de Prensa y de los Medios de Comunicación
·Foro Cívico Europeo
·Federación Europea de Periodistas
·European Partnership for Democracy
·Foro Europeo de la Juventud
·Front Line Defenders
·Human Rights House Foundation
·Human Rights Watch
·ILGA-Europe
·Comisión Internacional de Juristas
·Federación Internacional por los Derechos Humanos
·Red Europea de la Federación Internacional de Planificación de la Familia (IPPF EN)
·Instituto Internacional de la Prensa
·Netherlands Helsinki Committee
·Open Society European Policy Institute
·Philanthropy Advocacy
·Protection International
·Reporteros Sin Fronteras
·Transparencia Internacional UE