Fusiones de empresas
Si está buscando nuevas oportunidades de negocio, quizá le interese la fusión con otra empresa ya existente, o incluso su absorción. Las siguientes normas se refieren a las sociedades de capital de, al menos, dos países de la UE.
Advertencia
Las fusiones transfronterizas de empresas que invierten capital aportado por inversores privados o públicos están exentas de la aplicación de las normas europeas en materia de fusiones.
Las normas de la UE se aplican a las fusiones en los siguientes casos:
Una empresa adquiere otra o varias empresas situadas en otro Estado miembro de la UE (fusión por adquisición)
El activo y el pasivo de las empresas adquiridas se transfieren a la empresa compradora. Esta debe emitir títulos (por ejemplo, acciones) de un valor igual al capital de la empresa comprada a cambio de los activos recibidos de la transferencia.
Es posible que haya que realizar un pago en efectivo de hasta un máximo del 10% del valor nominal o del valor contable de los títulos de la empresa.
Aunque las empresas compradas estén disueltas desde el punto de vista técnico, oficialmente no son objeto de liquidación.
Dos o más empresas transfieren todo su activo y pasivo para la creación de una nueva empresa (fusión por constitución)
La nueva empresa debe emitir títulos (por ejemplo, acciones) de un valor igual al capital de las empresas que transfieren sus activos en favor de los propietarios de las empresas que hayan transferido sus activos. El valor de los títulos debe ser igual al capital de la empresa que ha transferido su activo.
Es posible que haya que realizar un pago en efectivo de hasta un máximo del 10% del valor nominal o del valor contable de los títulos de la empresa.
Las empresas que transfieran sus activos quedan disueltas al final del proceso sin someterse a un procedimiento oficial de liquidación.
Una empresa transfiere todo su activo y su pasivo a una empresa que ya posee la totalidad de sus títulos (fusión por absorción)
Después de la transferencia, aunque las empresas que transfieren sus activos se disuelvan, oficialmente no son objeto de liquidación.
Los países de la UE pueden decidir no aplicar estas normas a las fusiones transfronterizas de sociedades cooperativas, aunque estas se definan como sociedades de capital.
Preparación de la documentación (proyecto común)
Si su empresa participa en una fusión, debe redactar un documento, denominado proyecto común de fusión, en el que consten los siguientes puntos:
- nombre y domicilio social de las empresas que se fusionan y de la empresa resultante de la fusión
- la relación y modalidades de entrega que se aplicarán al canje de los títulos (cuántas acciones de la empresa compradora se ofrecerán a los accionistas de las empresas adquiridas) y, en su caso, el importe del pago de la empresa compradora
- los probables efectos en los empleados
- la fecha a partir de la cual los nuevos titulares (de los títulos de la empresa resultante de la fusión) tendrán derecho a dividendos
- los estatutos de la empresa surgida de la fusión
- los procedimientos para las medidas que deben adoptar los empleados cuando traten con los miembros del consejo de administración de la empresa resultante de la fusión (en su caso)
- información sobre la evaluación del activo y el pasivo transferido a la empresa surgida de la fusión.
Publicación de la documentación
El proyecto común debe publicarse, como mínimo, un mes antes de la junta general. Todas las empresas que deban pronunciarse sobre la fusión participan en las juntas.
El proyecto común se publicará en los sitios web de cada empresa o en una web dedicada especialmente a las fusiones en los países de la UE a los que pertenezcan.
Elaboración de los informes para las juntas generales
Antes de las juntas generales, deben elaborarse los dos informes siguientes: no obstante, si todos los propietarios de las empresas que se fusionan están de acuerdo, puede omitirse el informe de peritos independientes.
Informe de los órganos de dirección o administración
Este informe explica los aspectos jurídicos y económicos de la fusión y sus consecuencias para los socios, los acreedores y los trabajadores. El informe debe entregarse a los propietarios de la empresa y a los representantes del personal como mínimo un mes antes de la junta general. Las observaciones que hagan los trabajadores, con la suficiente antelación, a la dirección de cualquiera de las empresas que se fusionan se incluirán en el informe.
Informe pericial independiente
Este informe (si se solicita) se destina a los propietarios de las empresas que se fusionan. Tendrá que estar listo, como mínimo, un mes antes de la junta general y explicar la relación de canje de títulos por activos adquiridos establecida en el proyecto común.
Aprobación del proyecto
Todas las empresas participantes en la fusión deben aprobar el proyecto común durante una junta general.
Todas las empresas tienen derecho a asegurarse de que la ejecución de la fusión depende de la continuidad de la participación del personal en la empresa surgida de la fusión.
La empresa compradora puede aprobar la fusión sin tener que asistir a las juntas generales siempre que las demás empresas implicadas estén de acuerdo. Para ello, debe garantizar que:
- el proyecto común se publica, como mínimo, un mes antes de la junta general
- todos los demás documentos relacionados con la fusión (como las cuentas anuales y los informes anuales de las empresas que van a ser absorbidas) pueden ser inspeccionados por sus accionistas.
Verificar la legalidad de la fusión
En cada país de la UE implicado debe verificarse la legalidad de la fusión antes de que pueda entrar en vigor. Generalmente la verificación corre a cargo de un notario o un tribunal. Tras comprobar que todo está en orden, expiden un certificado previo.
Una vez que se expide el certificado previo, la fusión puede completarse, siempre que las empresas participantes hayan aprobado el proyecto común. A continuación, la autoridad competente del país donde se vaya a crear e inscribir la nueva empresa tiene que comprobar la legalidad de la constitución de la nueva empresa.
Buscar la autoridad pertinente en materia de competencia de cada país.
Elegir país
Entrada en vigor
La misma autoridad competente del país donde la empresa compradora o la empresa de nueva creación está registrada decide la fecha en la que surte efecto la fusión.
Corresponde a cada empresa implicada publicar información sobre la fusión en su propio registro público nacional. Se pueden suprimir entonces las antiguas inscripciones.
Continuidad de la participación del personal
Como regla general, la futura participación del personal se rige por las normas del país de la UE en el que la empresa compradora o de nueva creación esté registrada.
La legislación nacional no puede garantizar la participación del personal en la empresa adquirida o de nueva creación si:
- no se puede garantizar el mismo nivel de participación del personal que había anteriormente en las empresas adquiridas
- al menos una de las empresas participantes en la fusión tenía una media de más de 500 empleados en los 6 meses previos a la publicación del proyecto común de fusión.
Fusiones de grandes empresas
Las empresas con un volumen de negocios conjunto superior a determinados umbrales específicos en , que operen tanto en la UE como en el resto del mundo, deben solicitar la autorización de la Comisión Europea, con independencia del país donde estén implantadas. La Comisión examinará el impacto de la fusión propuesta en sobre la competencia a escala de la UE y si considera que puede suponer una restricción significativa de la competencia no la autorizará. En algunos casos, las fusiones se autorizan con una serie de condiciones, por ejemplo, que se comprometan a vender una parte de sus actividades fusionadas o a ceder tecnología bajo licencia a otro operador del mercado.