INFORME sobre el texto conjunto, aprobado por el Comité de Conciliación, del Reglamento del Parlamento Europeo y el Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1905/2006 por el que se establece un Instrumento de Financiación de la Cooperación al Desarrollo
24.11.2011 - (PE-CONS 00057/2011 – C7-0377/2011 – 2009/0060A(COD)) - ***III
Delegación del Parlamento Europeo en el Comité de Conciliación
Presidente de la Delegación: Alejo Vidal-Quadras
Ponente: Gay Mitchell
PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO
sobre el texto conjunto, aprobado por el Comité de Conciliación, del Reglamento del Parlamento Europeo y el Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1905/2006 por el que se establece un Instrumento de Financiación de la Cooperación al Desarrollo
(PE-CONS 00057/2011 – C7-0377/2011 – 2009/0060A(COD))
(Procedimiento legislativo ordinario: tercera lectura)
El Parlamento Europeo,
– Vistos el texto conjunto aprobado por el Comité de Conciliación y las declaraciones correspondientes del Parlamento Europeo y del Consejo (PE-CONS 00057/2011 – C7-0377/2011),
– Vista su Posición en primera lectura[1] sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2009)0194),
– Vista su Posición en segunda lectura[2] sobre de la Posición del Consejo en primera lectura[3],
– Visto el dictamen emitido por la Comisión sobre las enmiendas del Parlamento respecto de la Posición del Consejo en primera lectura (COM(2011)0178),
– Vista la Posición del Consejo en segunda lectura,
– Visto el artículo 294, apartado 13, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el artículo 69 de su Reglamento,
– Visto el informe de su Delegación en el Comité de Conciliación (A7-0402/2011),
1. Aprueba el texto conjunto;
2. Declara su disposición a aceptar el paquete de transacción, en un espíritu de compromiso, ya que el plazo de aplicación que les queda a los instrumentos actuales es bastante corto; lamenta que no haya sido posible mejorar más el texto del instrumento ICD/BAM, en particular en relación con la función del Parlamento en las decisiones estratégicas, en las que la participación de los legisladores en pie de igualdad es esencial; subraya que este resultado no sienta precedente para las futuras negociaciones sobre los instrumentos financieros exteriores para después de 2013; declara que, de conformidad con los criterios definidos en el artículo 290, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, insistirá en el recurso a actos delegados siempre que se trate de decisiones políticas estratégicas sobre financiación y programación en relación con dichos instrumentos;
3 Confirma la declaración común del Parlamento Europeo y del Consejo adjunta a la presente Resolución;
4. Encarga a su Presidente que firme el acto, conjuntamente con el Presidente del Consejo, de conformidad con el artículo 297, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea;
5. Encarga a su Secretario General que firme el acto, tras haber comprobado que se han cumplido en debida forma todos los procedimientos, y que proceda, de acuerdo con el Secretario General del Consejo, a su publicación, conjuntamente con las declaraciones del Parlamento Europeo y del Consejo al respecto, en el Diario Oficial de la Unión Europea;
6. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución legislativa al Consejo, a la Comisión y a los Parlamentos nacionales.
- [1] Textos Aprobados de 21.10.2010, P7_TA(2010)0379.
- [2] Textos Aprobados de 3.2.2011, P7_TA(2011)0032.
- [3] DO C 7 E de 12.1.2011, p. 11.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I. Conciliación
A raíz de la votación de la segunda lectura el 3 de febrero, y habida cuenta de la voluntad política de finalizar la conciliación cuanto antes, la reunión constitutiva de la delegación del PE en el Comité de Conciliación se celebró el 15 de febrero de 2011 en Estrasburgo. La delegación del PE decidió negociar los cuatro expedientes en cuestión (ICD, ICD/BAM, ICI+ e IEDDH) como un paquete. Durante la revisión intermedia del ICD y de la IEDDH, se acordó que estos permanecerían sin cambios puesto que no están previstos nuevos documentos de estrategia hasta 2013. Por consiguiente, continuaron las negociaciones sobre el expediente ICI+[1] y el expediente ICD/BAM[2].
II. Procedimiento
Se han celebrado ocho diálogos tripartitos los días 30 de marzo, 11 de mayo, 25 de mayo, 22 de junio, 5 de julio, 6 de septiembre (primera reunión del Comité de Conciliación), 27 de septiembre y 19 de octubre. Se han mantenido siete reuniones de la delegación del Parlamento los días 15 de febrero, 12 de mayo, 5 de julio, 6 de septiembre, 20 de septiembre, 11 de octubre y 25 de octubre. El 31 de octubre de 2011 se alcanzó un acuerdo político.
La delegación del PE aprobó el acuerdo en su reunión del 25 de octubre (17 votos a favor, 6 votos en contra y 3 abstenciones).
La conciliación se concluyó mediante un intercambio de cartas (24 y 26 de octubre de 2011).
III. Conclusión
El Parlamento Europeo declara su disposición a aceptar el paquete de transacción, en un espíritu de compromiso, ya que el plazo de aplicación que les queda a los instrumentos actuales es bastante corto; lamenta que no haya sido posible mejorar más el texto del instrumento ICD/BAM, en particular en relación con la función del Parlamento en las decisiones estratégicas, en las que la participación de los legisladores en pie de igualdad es esencial; subraya que este resultado no sienta precedente para las futuras negociaciones sobre los instrumentos financieros exteriores para después de 2013; declara que, de conformidad con los criterios definidos en el artículo 290, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, insistirá en el recurso a actos delegados siempre que se trate de decisiones políticas estratégicas sobre financiación y programación en relación con estos instrumentos.
La delegación recomienda mantener el enfoque del paquete y que el Parlamento apruebe el texto conjunto en tercera lectura.
- [1] Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (CE) nº 1934/2006 del Consejo, por el que se establece un instrumento de financiación de la cooperación con los países y territorios industrializados y otros países y territorios de renta alta, 2009/0059(COD).
- [2] Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1905/2006 por el que se establece un Instrumento de Financiación de la Cooperación al Desarrollo, 2010/0059(COD).
PROCEDIMIENTO
Título |
Reglamento del Parlamento Europeo y el Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1905/2006 por el que se establece un Instrumento de Financiación de la Cooperación al Desarrollo |
||||||
Referencias |
PE-CONS 00057/2011 – C7-0377/2011 – 2009/0060A(COD) |
||||||
Presidente(a) de la delegación: vicepresidente(a) |
Alejo Vidal-Quadras |
||||||
Comisión competente para el fondo Presidente(a) |
DEVEEva Joly
|
||||||
Ponente(s) |
Gay Mitchell |
|
|||||
Proyecto de acto examinado en 1ª lectura |
COM(2009)0194 – C7‑0043/2009 |
||||||
Fecha 1ª lectura PE – Número P |
21.10.2010 |
||||||
Propuesta modificada de la Comisión |
|
||||||
Posición del Consejo en 1ª lectura Fecha del anuncio en el Pleno |
16442/1/2010 – C7‑0426/2010 16.12.2010
|
||||||
Posición de la Comisión(art. 294, apdo. 6, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
|
|||||||
Fecha 2ª lectura PE – Número P |
3.2.2011 |
||||||
Dictamen de la Comisión((art. 294, apdo. 7, letra c), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea))
|
|||||||
Fecha de la recepción de la 2ª lectura por el Consejo |
23.3.2011 |
||||||
Fecha de la carta del Consejo relativa a la no aprobación de todas las enmiendas del PE |
19.7.2011 |
||||||
Reuniones del Comité de Conciliación |
6.9.2011 |
|
|
|
|||
Fecha de la votación de la delegación del PE |
25.10.2011 |
||||||
Resultado de la votación |
+: –: 0: |
17 6 3 |
|||||
Miembros presentes |
Alejo Vidal-Quadras, Rodi Kratsa-Tsagaropoulou, Kinga Gál, Elmar Brok, Filip Kaczmarek, Godelieve Quisthoudt-Rowohl, José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, Manfred Weber, Vital Moreira, Thijs, Berman, Ana Gomes, Richard Howitt, Gianluca Susta, Patrice Tirolien, Charles Goerens, Barbara Lochbihler, Eva Joly, Robert Sturdy, Helmut Scholz, Claudio Morganti |
||||||
Suplente(s) presente(s) |
Christofer Fjellner, Ioannis Kasoulides, Georgios Koumoutsakos, Eduard Kukan, Ria Oomen-Ruijten, Maurice Ponga, Kriton Arsenis, Ivo Vajgl, Bart Staes |
||||||
Suplente(s) (art. 187, apdo. 2 del Reglamento) presente(s) |
Leonidas Donskis |
||||||
Fecha del acuerdo en el Comité de Conciliación |
|
||||||
Acuerdo mediante intercambio de cartas |
24.10.2011 |
26.10.2011 |
|||||
Fecha de constatación, por parte de los copresidentes, de la aprobación del texto conjunto y transmisión del mismo al PE y al Consejo |
31.10.2011 |
||||||
Fecha de presentación |
24.11.2011 |
||||||
Observaciones (datos disponibles en una sola lengua) |
... |
||||||
AMPLIACIONES DE PLAZOS
Plazo para la 2a lectura del Consejo |
23.7.2011 |
|
Plazo para la convocatoria del Comité Institución solicitante – fecha |
13.9.2011Consejo – 24.08.2011
|
|
Plazo para el trabajo en el Comité Institución solicitante – fecha |
01.11.2011Consejo – 6.10.2011
|
|
Plazo para la adopción del acto Institución solicitante – fecha |
|
|