Propuesta de resolución - B7-0047/2012Propuesta de resolución
B7-0047/2012

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre el Acuerdo UE-Marruecos sobre medidas recíprocas de liberalización del comercio de productos agrícolas y productos de la pesca (2012/2522(RSP))

8.2.2012

tras una declaración de la Comisión
presentada de conformidad con el artículo 110, apartado 2, del Reglamento

José Bové, Raül Romeva i Rueda, Yannick Jadot en nombre del Grupo Verts/ALE

Véase también la propuesta de resolución común RC-B7-0047/2012

Procedimiento : 2012/2522(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
B7-0047/2012

B7‑0047/2012

Resolución del Parlamento Europeo sobre el Acuerdo UE-Marruecos sobre medidas recíprocas de liberalización del comercio de productos agrícolas y productos de la pesca (2012/2522(RSP))

El Parlamento Europeo,

–   Vista la propuesta de Decisión del Consejo (15975/2010),

–   Visto el proyecto de Decisión del Consejo relativo a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos sobre medidas recíprocas de liberalización del comercio de productos agrícolas, productos agrícolas transformados, pescado y productos de la pesca, sustitución de los Protocolos nos 1, 2 y 3 y los anexos de estos Protocolos, y modificación del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra (15974/2010),

–   Visto el artículo 110, apartado 2, de su Reglamento,

A. Considerando que el Proceso de Barcelona, lanzado en 1995, condujo a la celebración de acuerdos de asociación entre la Unión Europea y decenas de países al sur de la cuenca del Mediterráneo, con el fin de fortalecer el diálogo y la cooperación para establecer una zona de paz, seguridad y prosperidad;

B.  Considerando que el Plan de trabajo de Rabat, establecido en 2005, cambió la orientación de la cooperación, dando prioridad a la creación de acuerdos de libre comercio frente a un desarrollo equilibrado de todos los pilares, lo que condujo a favorecer el pilar comercial de los acuerdos de asociación para los procesos de nuevas liberalizaciones;

C. Considerando que la política comercial de la UE frente a los países al sur de la cuenca del Mediterráneo debería centrarse en la adopción de medidas destinadas a mejorar la paz, la seguridad y la estabilidad a través de la integración regional, de una producción de bienes con mayor valor añadido y del consumo local;

D. Considerando que la «Primavera Árabe» ha demostrado que deben afrontarse en primer lugar las carencias democráticas en cualquier ámbito político entre la UE y los países del Mediterráneo meridional;

E.  Considerando que, a este respecto, los esfuerzos deben ir acompañados de relaciones comerciales que sobre todo tengan en cuenta las necesidades de desarrollo económico y rural de Marruecos, preservando al mismo tiempo el medio ambiente marino, evitando el agotamiento de reservas pesqueras, así como preservando el medio ambiente rural, en particular, a través de una buena gestión del agua y evitando grandes plantaciones de monocultivos;

F.  Considerando que se deben fomentar las oportunidades de puestos de trabajo sostenibles en los sectores agrícola y pesquero y en otros sectores afines de Marruecos, subrayando el papel importante que desempeña la agricultura familiar y campesina, respetando los derechos laborales y apuntando a ampliar la industria de elaboración de alimentos, incrementando de este modo las oportunidades de empleo en puestos de trabajo más cualificados y mejor remunerados;

G. Considerando que debe prestarse especial atención al aspecto del género, ofreciendo puestos de trabajo más dignos a las mujeres y fomentando soluciones que permitan conciliar la vida familiar y laboral de hombres y mujeres;

H. Considerando que el sector de las frutas y verduras reviste una gran importancia en numerosas regiones rurales de los países del sur de la Unión Europea, en particular de España y Francia, donde la crisis económica y social ha alcanzado dimensiones inquietantes;

I.   Considerando que la evaluación del impacto sobre la sostenibilidad que la DG TRADE encargó a la Universidad de Manchester sobre una zona de libre comercio genuina en el Mediterráneo prevé más bien dificultades sociales crecientes y presiones ambientales insostenibles en los primeros diez años de su existencia;

J.   Considerando que, el 14 de diciembre de 2011, el Parlamento Europeo rechazó el protocolo del acuerdo pesquero de la UE con Marruecos;

K. Considerando que el Sáhara Occidental no es parte de Marruecos y no debe incluirse explícita ni implícitamente en ningún acuerdo que la UE firme con el Reino de Marruecos; y considerando que el TJUE ha dictaminado que la Unión está comprometida por el Derecho internacional en todas sus intervenciones y que la inclusión del Sáhara Occidental en el acuerdo supondría una violación del Derecho internacional;

1.  Subraya la necesidad urgente de que la Comisión elabore una verdadera estrategia para hacer frente a las deficiencias registradas hasta la fecha en el proceso de Barcelona, teniendo en cuenta los retos de la Primavera Árabe, que sacudió a la región en 2011, pero que todavía dista mucho de haber cumplido sus objetivos iniciales;

2.  Propone que se concentren los esfuerzos en el fortalecimiento de la integración regional y la promoción del espacio político democrático a la hora de tomar decisiones en materia de economía y comercio, así como en la mejora de las cadenas de valor añadido dentro de los distintos países que permitan generar unos patrones de producción y de consumo decentes;

3.  Considera que, para el éxito de las relaciones comerciales, es esencial la creación de condiciones de competencia equitativas, en particular con respecto a los interlocutores sociales más débiles, a la protección de los recursos naturales, al pago adecuado a los productores, a los salarios justos y a los empleos sostenibles, proporcionando de ese modo estabilidad a los mercados locales y preservando el medio ambiente;

4.  Manifiesta su preocupación por que, según los últimos informes de UNICEF, 1,5 millón de niños en edad escolar siguen privados del derecho a la educación, sigue existiendo el trabajo infantil, en particular en las zonas rurales, y la producción cada vez más orientada hacia la exportación podría socavar todos los esfuerzos para poner fin a esta práctica ilegal;

5.  Subraya la necesidad de unas evaluaciones del impacto sobre la sostenibilidad realizadas con más cuidado antes de seguir liberalizando el comercio con los países de la cuenca sur del Mediterráneo, para evitar cualquier dificultad que pueda comprometer la Primavera Árabe;

6.  Manifiesta su convicción de que, con arreglo al Derecho internacional, el Sáhara Occidental debe quedar explícitamente excluido del ámbito de todo acuerdo que la UE celebre con Marruecos, abriendo al mismo tiempo la posibilidad de celebrar acuerdos separados con la población del Sáhara Occidental, si así lo desea;

7.  Pide a la Comisión que vuelva a negociar su acuerdo para la liberalización de los sectores agrícola y de la pesca con vistas a adaptar las medidas previstas a la necesidades de un desarrollo social y económico sostenible que promueva la integración regional;

8.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Comisión, a los Estados miembros y al Gobierno de Marruecos.