Resolución del Parlamento Europeo, de 22 de octubre de 2024, sobre la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 2/2024 de la Unión Europea para el ejercicio 2024: consignación del excedente del ejercicio financiero 2023 (12081/2024 – C10-0107/2024 – 2024/0089(BUD))
El Parlamento Europeo,
– Visto el artículo 314 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el artículo 106 bis del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012(1), y en particular su artículo 44,
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2024/2509 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión(2), y en particular su artículo 44,
– Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2024, adoptado definitivamente el 22 de noviembre de 2023(3),
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093 del Consejo, de 17 de diciembre de 2020, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2021-2027(4),
– Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 16 de diciembre de 2020, entre el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera, así como sobre nuevos recursos propios, en particular una hoja de ruta para la introducción de nuevos recursos propios(5),
– Vista la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea y por la que se deroga la Decisión 2014/335/UE, Euratom(6),
– Visto el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 2/2024, adoptado por la Comisión el 9 de abril de 2024 (COM(2024)0920),
– Vista la Posición sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 2/2024 adoptada por el Consejo el 13 de septiembre de 2024 y transmitida al Parlamento Europeo el 16 de septiembre de 2024 (12081/2024 – C10‑0107/2024),
– Vistos los artículos 96 y 98 de su Reglamento interno,
– Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A10-0005/2024),
A. Considerando que el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 2/2024 está concebido para consignar en el presupuesto de 2024 el excedente del ejercicio 2023, que asciende a 633 000 000 EUR;
B. Considerando que los componentes principales de este excedente son un resultado positivo en los ingresos de 238 700 000 EUR y una infrautilización de 393 900 000 EUR;
C. Considerando que, por lo que respecta a los ingresos, el excedente se debe principalmente a los ingresos financieros, los intereses de demora y las multas, que han ascendido a un importe de importe de 1 766 000 000 EUR, mientas que los derechos de aduana se han situado en un importe de 1 649 000 000 EUR por debajo de la cifra prevista; que el excedente de ingresos administrativos de 107 000 000 EUR se debe principalmente a un porcentaje de contribución al régimen de pensiones superior al previsto y a la aplicación de una actualización salarial intermedia en enero de 2023, lo que aumentó el importe de impuestos y gravámenes y las contribuciones a las pensiones;
D. Considerando que, por lo que respecta a los gastos, la infrautilización de los pagos por la Comisión ascendió a un total de 70 000 000 EUR (0,1 % de los créditos de pago autorizados); que las demás instituciones cancelaron 48 000 000 EUR en pagos, manteniendo así el bajo porcentaje de infrautilización del presupuesto de 2022;
E. Considerando que, con el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 2/2024, las reducciones anuales a tanto alzado de la RNB de que disfrutan Alemania, los Países Bajos, Dinamarca, Suecia y Austria ascienden a unos 5 400 000 000 EUR netos;
F. Considerando que los márgenes y la flexibilidad del presupuesto de la Unión siguen siendo muy ajustados a pesar de la revisión del marco financiero plurianual (MFP) y de la introducción del nuevo Instrumento para el EURI al objeto de asegurar el aumento de los costes de endeudamiento para el Instrumento de Recuperación de la Unión Europea, que son inherentemente volátiles, lo que causa incertidumbre para el presupuesto; que, en este difícil contexto, las necesidades presupuestarias están aumentando;
1. Toma nota del proyecto de presupuesto rectificativo n.º 2/2024 presentado por la Comisión, concebido para la consignación presupuestaria del excedente de 2023, que asciende a 633 000 000 EUR, de conformidad con el artículo 18, apartado 3, del Reglamento Financiero;
2. Acoge con satisfacción el hecho de que el excedente de 2023 sea considerablemente inferior al de 2022, lo que apunta a una mejora de las previsiones y la gestión presupuestarias por parte de la Comisión;
3. Subraya que el excedente reduce la contribución total de los Estados miembros a la financiación del presupuesto de 2024 en un momento en el que las necesidades de financiación siguen siendo elevadas y el margen dentro del presupuesto de la Unión es extremadamente limitado; subraya que el presupuesto debe mantener la flexibilidad suficiente para que la Unión pueda hacer frente a acontecimientos imprevistos y a nuevas prioridades emergentes;
4. Recuerda su posición, mantenida desde hace tiempo, de que las multas y tasas deben utilizarse como ingresos suplementarios para el presupuesto de la Unión y no deben dar lugar a la correspondiente disminución de las contribuciones basadas en la RNB;
5. Toma nota del cálculo de las reducciones a tanto alzado anuales ajustadas de la RNB para los cinco Estados miembros beneficiarios, que ascienden a unos 5 400 000 000 EUR netos; destaca que estas reducciones están vinculadas a la inflación y, por lo tanto, han aumentado a un ritmo superior a los límites máximos del MFP, que se ajustan anualmente sobre la base del deflactor del 2 %; subraya que esta anomalía aumenta la carga para los demás Estados miembros;
6. Hace hincapié en la necesidad de ingresos sostenibles para el presupuesto de la Unión; lamenta, por tanto, la falta de progreso en el Consejo en la reforma del sistema de recursos propios en consonancia con la hoja de ruta del Acuerdo Interinstitucional; recuerda su posición en apoyo de las propuestas modificadas de la Comisión e insta al Consejo a que apruebe rápidamente dichas propuestas con el fin de aumentar los recursos propios disponibles para el presupuesto de la Unión;
7. Aprueba la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 2/2024;
8. Encarga a su presidenta que declare que el presupuesto rectificativo n.º 3/2024 ha quedado definitivamente adoptado y disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;
9. Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a las demás instituciones y a los órganos interesados, así como a los Parlamentos nacionales.