Decisión del Parlamento Europeo, de 18 de diciembre de 2019, sobre el cierre de las cuentas de la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO) relativas al ejercicio 2017 (2019/2909(RSP))
El Parlamento Europeo,
– Vistas las cuentas anuales definitivas de la Oficina Europea de Apoyo al Asilo relativas al ejercicio 2017,
– Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Oficina Europea de Apoyo al Asilo relativas al ejercicio 2017, acompañado de la respuesta de la Oficina(1),
– Vista la declaración(2) sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2017 de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Vista la Recomendación del Consejo, de 12 de febrero de 2019, sobre la aprobación de la gestión de la Oficina relativa a la ejecución del presupuesto correspondiente al ejercicio 2017 (05825/2019 – C8‑0098/2019),
– Vistas su Decisión, de 26 de marzo de 2019(3), por la que se aplaza la decisión de aprobación de la gestión para el ejercicio 2017, y las respuestas del director ejecutivo de la Oficina Europea de Apoyo al Asilo,
– Vista su Decisión, de 23 de octubre de 2019(4), por la que desaprueba la gestión de la directora ejecutiva de la Oficina Europea de Apoyo al Asilo en la ejecución del presupuesto de la Oficina para el ejercicio 2017,
– Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo(5), y en particular su artículo 208,
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.° 1296/2013, (UE) n.° 1301/2013, (UE) n.° 1303/2013, (UE) n.° 1304/2013, (UE) n.° 1309/2013, (UE) n.° 1316/2013, (UE) n.° 223/2014 y (UE) n.° 283/2014 y la Decisión n.° 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.° 966/2012(6), y en particular su artículo 70,
– Visto el Reglamento (UE) n.° 439/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, por el que se crea una Oficina Europea de Apoyo al Asilo(7), y en particular su artículo 36,
– Visto el Reglamento Delegado (UE) n.º 1271/2013 de la Comisión, de 30 de septiembre de 2013, relativo al Reglamento Financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 208 del Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo(8), y en particular su artículo 108,
– Visto el Reglamento Delegado (UE) 2019/715 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2018, relativo al Reglamento Financiero marco de los organismos creados en virtud del TFUE y el Tratado Euratom y a los que se refiere el artículo 70 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo(9), y en particular su artículo 105,
– Vistos el artículo 100 y el anexo IV de su Reglamento interno,
1. Aprueba el cierre de las cuentas de la Oficina Europea de Apoyo al Asilo relativas al ejercicio 2017;
2. Encarga a su presidente que transmita la presente Decisión a la directora ejecutiva de la Oficina Europea de Apoyo al Asilo, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).