Resolución del Parlamento Europeo, de 23 de julio de 2020, sobre las Conclusiones de la reunión extraordinaria del Consejo Europeo de los días 17 a 21 de julio de 2020 (2020/2732(RSP))
El Parlamento Europeo,
– Vistos los artículos 225, 295, 310, 311, 312, 323 y 324 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y los artículos 2, 3 y 15 del Tratado de la Unión Europea (TUE),
– Visto su informe provisional de 14 de noviembre de 2018 sobre el marco financiero plurianual 2021-2027 – Posición del Parlamento con vistas a un acuerdo(1),
– Vista su Resolución, de 10 de octubre de 2019, sobre el marco financiero plurianual 2021-2027 y los recursos propios: es hora de responder a las expectativas de los ciudadanos(2),
– Vista su Resolución, de 15 de mayo de 2020, sobre el nuevo marco financiero plurianual, los recursos propios y el plan de recuperación(3),
– Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo adoptadas el 21 de julio de 2020,
– Visto el artículo 132, apartado 2, de su Reglamento interno,
A. Considerando que el brote de COVID-19 se ha cobrado miles de vidas en Europa y en el mundo y ha provocado una crisis sin precedentes con consecuencias desastrosas para las personas, las familias, los trabajadores y las empresas, lo que exige, por tanto, una respuesta también sin precedentes;
B. Considerando que la recuperación de Europa ha de basarse en el Pacto Verde Europeo, la Agenda Digital para Europa, la nueva estrategia industrial y el emprendimiento, de modo que nuestras economías emerjan de la crisis más fuertes, más resilientes, más sostenibles y más competitivas;
C. Considerando que la Unión y sus Estados miembros se han comprometido a aplicar la Agenda 2030 de las Naciones Unidas para el Desarrollo Sostenible, el pilar europeo de derechos sociales y el Acuerdo de París;
D. Considerando que el mercado único corre el riesgo de sufrir una distorsión irreparable;
E. Considerando que el Consejo Europeo adoptó su posición extremadamente tarde, después de tres cumbres sin conclusiones, lo que retrasó las negociaciones sobre el marco financiero plurianual (MFP);
F. Considerando que las prioridades a largo plazo de la Unión Europea establecidas en el MFP no deben ser sacrificadas en el altar de la recuperación;
G. Considerando que el Parlamento ha de estar plenamente involucrado en la ejecución del instrumento de recuperación, tanto en las operaciones de empréstito como de préstamo;
H. Considerando que el Parlamento es el garante de una recuperación transparente y democrática y debe participar en los controles tanto ex post como ex ante del plan de recuperación;
1. Lamenta la pérdida de vidas humanas causada por el coronavirus y rinde homenaje a todos los trabajadores que han estado luchando contra la pandemia; cree que, en estas circunstancias sin precedentes y excepcionales, los europeos tienen un deber colectivo de solidaridad;
2. Se felicita por la aceptación por parte de los jefes de Estado y de Gobierno de un fondo de recuperación para relanzar la economía, como propuso el Parlamento Europeo en mayo; reconoce que la creación del instrumento de recuperación supone un paso histórico para la Unión; lamenta, no obstante, la reducción del componente de subsidios en el acuerdo final; recuerda que la base jurídica elegida para establecer el instrumento de recuperación no otorga una función formal a los diputados elegidos al Parlamento Europeo;
3. No acepta, sin embargo, el acuerdo político sobre el MFP 2021-2027 en su redacción actual; se muestra dispuesto a entablar de inmediato unas negociaciones constructivas con el Consejo para mejorar esa propuesta; recuerda el mandato del Parlamento de noviembre de 2018; hace hincapié en que el Parlamento debe aprobar el acuerdo del Reglamento MFP en virtud del artículo 312 del TFUE;
4. Deplora que el apego exclusivo y demasiado frecuente a los intereses y las posiciones nacionales obstaculice el logro de soluciones comunes en favor del interés general; advierte de que los recortes al MFP contravienen los objetivos de la Unión; estima, por ejemplo, que los recortes propuestos en los programas de salud e investigación son peligrosos en el contexto de una pandemia global; opina que los recortes propuestos en educación, transformación digital e innovación ponen en peligro el futuro de la siguiente generación de europeos; cree que los recortes propuestos en los programas que apoyan la transición de las regiones dependientes del carbón van en contra de la agenda del Pacto Verde Europeo; es de la opinión de que los recortes propuestos en materia de asilo, migración y gestión de las fronteras hacen peligrar la posición de la Unión en un mundo cada vez más volátil e incierto;
5. Cree que los jefes de Estado y de Gobierno no han logrado abordar la cuestión del plan de amortización del instrumento de recuperación; recuerda que solamente hay tres opciones para hacerlo: más recortes en programas con un valor añadido de la Unión hasta 2058, un incremento de las contribuciones de los Estados miembros o la creación de nuevos recursos propios; estima que solamente la creación de nuevos recursos propios puede ayudar a amortizar la deuda de la Unión, y salvaguardar al mismo tiempo el presupuesto de la Unión y aliviar la presión fiscal sobre las haciendas públicas y los ciudadanos de la Unión; recuerda que la creación de nuevos recursos propios es el único método de amortización aceptable para el Parlamento;
6. Lamenta que el Consejo Europeo rechazara la «solución provisional» propuesta, que suponía responder a las acuciantes necesidades de financiar inversiones en 2020 al objeto de proporcionar una respuesta inmediata a la crisis dirigida a los ciudadanos y los beneficiarios y prestar la financiación necesaria entre las primeras medidas de respuesta y la recuperación a más largo plazo;
7. Recuerda que las Conclusiones del Consejo Europeo sobre el MFP no representan nada más que un acuerdo político entre los jefes de Estado o de Gobierno; subraya que el Parlamento no pondrá su sello como «hechos consumados» y que está preparado para denegar su aprobación al MFP hasta que se alcance un acuerdo satisfactorio en las próximas negociaciones entre el Parlamento y el Consejo; recuerda que los cuarenta programas financiados bajo el MFP han de ser aprobados por el Parlamento en su calidad de colegislador;
8. Encarga a los equipos pertinentes del Parlamento que negocien los expedientes legislativos correspondientes de acuerdo con los respectivos mandatos del Parlamento para las negociaciones tripartitas; encarga al equipo de negociación del MFP-recursos propios que negocie sobre la base del siguiente mandato;
Prioridades del Parlamento a la vista de un acuerdo global
Estado de Derecho
9. Lamenta profundamente que el Consejo Europeo debilitara significativamente los esfuerzos de la Comisión y del Parlamento para mantener el Estado de Derecho, los derechos fundamentales y la democracia en el marco del MFP y del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea; reitera la confirmación de su petición de completar el trabajo del colegislador sobre el mecanismo propuesto por la Comisión para proteger el presupuesto de la Unión allí donde haya una amenaza sistémica contra los valores consagrados en el artículo 2 del TUE y donde los intereses financieros de la Unión estén en peligro; pone de relieve que, para ser eficaz, este mecanismo debe activarse por una mayoría cualificada inversa; subraya que este mecanismo no debe afectar a la obligación de las entidades públicas ni de los Estados miembros de efectuar pagos a los beneficiarios o destinatarios finales; hace hincapié en que el Reglamento sobre el Estado de Derecho será adoptado mediante el procedimiento de codecisión;
Recursos propios
10. Reitera una vez más que el Parlamento no concederá su aprobación al MFP sin un acuerdo sobre la reforma del sistema de recursos propios de la Unión, incluida la introducción de una cesta de nuevos recursos a más tardar a finales del MFP 2021-2027, que debe tener por objetivo cubrir al menos los costes relacionados con Instrumento de Recuperación de la Unión Europea (capital e intereses) con miras a garantizar la credibilidad y la sostenibilidad del plan de amortización de Instrumento de Recuperación; subraya que esta cesta debe aspirar asimismo a reducir la parte de las contribuciones que se basan en la renta nacional bruta (RNB);
11. Resalta, por tanto, que esta reforma ha de incluir una cesta de nuevos recursos propios que debe incorporarse al presupuesto de la Unión a partir del 1 de enero de 2021; destaca que la contribución de los plásticos solo representa un primer paso parcial hacia el cumplimiento de esta expectativa del Parlamento; tiene la intención de negociar un calendario jurídicamente vinculante acordado con la Autoridad Presupuestaria para la introducción de nuevos recursos propios adicionales durante la primera parte del próximo MFP, como el régimen de comercio de derechos de emisión (y los ingresos que se obtengan por toda futura ampliación), el mecanismo de ajuste en frontera de las emisiones de carbono, un impuesto digital, el impuesto sobre las transacciones financieras y la base imponible consolidada común del impuesto sobre sociedades; pide que se utilice la revisión intermedia del MFP para incorporar, si fuera necesario, recursos propios adicionales en la segunda mitad del MFP 2021-2027, con el fin de asegurar que se alcance el objetivo a finales del MFP 2021-2027;
12. Reitera su posición firme en favor de poner fin tanto a los descuentos como a los mecanismos de corrección lo antes posible; deplora que el Consejo Europeo no solo haya mantenido, sino incluso incrementado los descuentos que benefician a algunos Estados miembros; reafirma su posición en lo que se refiere a los costes de la recaudación de los derechos de aduana, que debe fijarse en el 10 %, que era su porcentaje original;
Programas emblemáticos de la UE
13. Deplora los recortes realizados en programas orientados al futuro, tanto en el MFP 2021-2027 como en Instrumento de Recuperación de la Unión Europea; considera que socavarán los cimientos de una recuperación sostenible y resiliente; afirma que un MFP 2021-2027 inferior a la propuesta de la Comisión no es ni viable ni aceptable; resalta que la última propuesta de la Comisión fijaba la financiación de varios de esos programas en un nivel muy bajo, entendiendo que se completaría mediante el Instrumento de Recuperación de la Unión Europea; lamenta que el Consejo Europeo eliminara esa lógica y cancelara la mayoría de esos complementos; reafirma su firme posición en la defensa de una financiación adecuada del siguiente MFP y sus inversiones y políticas a largo plazo, que no deben verse socavadas por la necesidad de financiar de forma inmediata el Instrumento de Recuperación; tiene la intención de negociar apoyos específicos de programas emblemáticos de la Unión en el siguiente MFP;
14. Hace hincapié en que las negociaciones interinstitucionales deben incluir las cifras del MFP por rúbrica y por programa; destaca que programas emblemáticos corren ahora el riesgo de sufrir un decremento inmediato de su financiación en 2021 respecto de 2020; señala, además, que a partir de 2024 el presupuesto de la Unión en su conjunto será inferior a los niveles de 2020, lo que pone en peligro los compromisos y las prioridades de la Unión, en especial el Pacto Verde y la Agenda Digital; insiste en que los incrementos específicos por encima de las cifras propuestas por el Consejo Europeo deben reservarse para los programas relacionados con el clima, la transición digital, la salud, la cultura, las infraestructuras, la investigación, la gestión de las fronteras y la solidaridad (como Horizonte Europa, InvestEU, Erasmus+, la Garantía Infantil, el Fondo de Transición Justa, Europa Digital, el Mecanismo «Conectar Europa», LIFE+, La UE por la Salud, el Fondo para la Gestión Integrada de las Fronteras, Europa Creativa, el programa Derechos y Valores, el Fondo Europeo de Defensa, el Instrumento de Vecindad, Desarrollo y Cooperación Internacional (IVDCI) y la ayuda humanitaria), así como a las agencias de la Unión pertinentes y a la Fiscalía Europea;
Cuestiones horizontales
15. Subraya que, con el fin de ajustar las prioridades políticas y los programas de gasto, reviste una importancia capital que se incluyan principios horizontales en los Reglamentos tanto del MFP como del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea, pero también en cualquier otra legislación relevante, los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, la consecución de objetivos de la Unión a largo plazo competitivos y orientados al futuro, una transición justa y socialmente inclusiva, un objetivo jurídicamente vinculante de gasto relacionado con el clima del 30 % y un objetivo de gasto relacionado con la biodiversidad del 10 %; pone de relieve, por tanto, que ha de adoptarse con rapidez una metodología de seguimiento transparente, exhaustiva y razonable, que deberá adaptarse, en caso necesario, durante la revisión intermedia del MFP para el gasto relacionado tanto con el clima como con la biodiversidad; señala la necesidad de consagrar el principio de «no ocasionar daños» en los Reglamentos tanto del MFP como del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea; destaca, además, la necesidad de eliminar gradualmente las subvenciones a los combustibles fósiles; pide a la Comisión que considere la posibilidad de referirse al Reglamento por el que se establece una taxonomía para las inversiones;
16. Respalda decididamente la introducción de la integración de la perspectiva de género y de las obligaciones del impacto de género (presupuestación con perspectiva de género) en los Reglamentos tanto del MFP como del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea; considera, por tanto, que ha de adoptarse con rapidez una metodología de seguimiento transparente, exhaustiva y razonable, que deberá adaptarse, en caso necesario, durante la revisión intermedia del MFP;
17. Solicita que entre en vigor a más tardar a finales de 2024 una revisión intermedia del MFP jurídicamente vinculante; hace hincapié en que esa revisión debe ocuparse de los límites máximos para el período 2025-2027, la redistribución de los créditos no comprometidos y liberados del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea, la introducción de recursos propios adicionales y la aplicación de los objetivos climáticos y de biodiversidad;
18. Resalta que las disposiciones en materia de flexibilidad del MFP acordadas durante las negociaciones del anterior MFP han mostrado ser fundamentales a la hora de ayudar a que las autoridades presupuestarias hicieran frente a crisis sin precedentes e imprevistas durante el período vigente; estima, por tanto, que las disposiciones en materia de flexibilidad del MFP propuestas por la Comisión representan el nivel mínimo para el siguiente MFP y tiene la intención de negociar mejoras adicionales; se opone, en este contexto, a cualquier intento de reducir y fusionar instrumentos especiales del MFP y afirma que deben calcularse claramente por encima de los límites máximos del MFP tanto en términos de compromisos como de pagos; insiste, además, en que se fijen límites máximos a un nivel que deje un margen no asignado suficiente por encima de las dotaciones de los programas;
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y principio democrático
19. Toma nota del acuerdo sobre el importe total de Instrumento de Recuperación de la Unión Europea; lamenta los recortes masivos en los componentes de subvenciones, que rompen el equilibrio entre subvenciones y préstamos y van a socavar los esfuerzos de recuperación, en particular la cancelación de programas innovadores como el Instrumento de Apoyo a la Solvencia; opina que estos recortes reducirán la potencia de fuego del Instrumento y su efecto transformador en la economía; lamenta que, una vez más, algunos Estados miembros negociaran con un espíritu de equilibrios presupuestarios operativos, pasando enteramente por alto los beneficios globales de la pertenencia el mercado único y de la Unión en su conjunto; reta al Consejo a que justifique las reducciones masivas en los presupuestos de ReactEU, Horizonte Europa, La UE por la Salud o el IVDCI en el contexto de la pandemia y de los presupuestos de InvestEU y del Fondo de Transición Justa en el contexto del Pacto Verde Europeo;
20. Pide que se asegure que las reformas e inversiones del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) crean sinergias con los fondos y los objetivos de la Unión existentes y ofrecen un valor añadido europeo real y objetivos a largo plazo;
21. Se opone a la posición del Consejo Europeo sobre la gobernanza del MRR, que se aleja del método comunitario para respaldar un enfoque intergubernamental; cree que dicho enfoque solo complicará el funcionamiento del MRR y menoscabará su legitimidad; recuerda que el Parlamento es la única institución de la Unión elegida de forma directa; pide un control democrático y parlamentario ex ante y solicita, por tanto, participar mediante actos delegados, así como en la comprobación ex post de que el dinero del MRR está bien gastado, redunda en interés de los ciudadanos de la Unión y de la Unión Europea, proporciona un genuino valor añadido europeo y apoya la resiliencia económica y social; pide una transparencia plena en lo que respecta a todos los beneficiarios finales; es de la firme opinión que los comisarios responsables del MRR deben rendir cuentas íntegramente ante el Parlamento;
22. Recuerda que el Parlamento es la Autoridad Presupuestaria junto con el Consejo; solicita, a este respecto, su participación plena en el Instrumento de Recuperación, en consonancia con el método comunitario; pide que la Comisión presente una revisión específica del Reglamento Financiero y del Acuerdo interinstitucional sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera, con el fin de consagrar la función de la Autoridad Presupuestaria en lo que se refiere a la autorización de los ingresos afectados externos en el procedimiento presupuestario anual;
23. Subraya que un plan de amortización claro y realista es clave para el éxito general del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea y representa una prueba de credibilidad para la Unión en su conjunto; cree que la amortización de la deuda contraída no debe hacerse a expensas de los futuros presupuestos de la Unión ni de las futuras generaciones de europeos, y que debe iniciarse lo antes posible; pide que el gasto del MRR se anuncie claramente como tal y que esté sujeto a requisitos de transparencia adecuados, incluidos los requisitos de publicación de una lista de beneficiarios finales;
24. Resalta que todos los costes relacionados con el Instrumento de Recuperación de la Unión Europea (capital e intereses) deben consignarse en el presupuesto y por encima de los límites máximos del MFP;
Red de seguridad para los beneficiarios de los programas de la Unión o «plan de contingencia»
25. Señala que ha estado dispuesto para la negociación desde noviembre de 2018 y subraya que no se verá forzado a aceptar un mal acuerdo; manifiesta su intención de entablar negociaciones razonables con el Consejo sobre todos los elementos mencionados, con vistas a conceder su aprobación al Reglamento MFP 2021-2027;
26. Considera, no obstante, que cualquier acuerdo político sobre el próximo MFP debería alcanzarse a finales de octubre a más tardar, a fin de no poner en peligro el comienzo fluido de los nuevos programas a partir del 1 de enero de 2021; recuerda que, en caso de que no se adopte a tiempo un nuevo MFP, el artículo 312, apartado 4, del TFUE prevé la prórroga temporal del límite máximo y otras disposiciones del último año del marco vigente; señala que el plan de contingencia del MFP es plenamente compatible tanto en términos jurídicos como políticos con el plan de recuperación y la adopción de los nuevos programas del MFP;
o o o
27. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, al Consejo Europeo y a la Comisión.