7ª legislatura Ria OOMEN-RUIJTEN
Grupos políticos
- 14-07-2009 / 30-06-2014 : Grupo del Partido Popular Europeo (Demócrata-Cristianos) - Miembro
Partidos nacionales
- 14-07-2009 / 30-06-2014 : Christen Democratisch Appèl (Países Bajos)
Miembro de las comisiones
- 16-07-2009 / 18-01-2012 : Comisión de Asuntos Exteriores
- 16-07-2009 / 18-01-2012 : Subcomisión de Derechos Humanos
- 16-09-2009 / 30-06-2014 : Delegación en la Comisión Parlamentaria de Cooperación UE-Rusia
- 19-01-2012 / 30-06-2014 : Comisión de Asuntos Exteriores
- 19-01-2012 / 30-06-2014 : Subcomisión de Derechos Humanos
Suplente
- 16-07-2009 / 18-01-2012 : Comisión de Empleo y Asuntos Sociales
- 16-09-2009 / 30-06-2014 : Delegación para las Relaciones con los Países del Mashreq
- 22-10-2009 / 30-06-2014 : Delegación en la Asamblea Parlamentaria Euronest
- 19-01-2012 / 30-06-2014 : Comisión de Empleo y Asuntos Sociales
all-activities
Intervenciones en los debates en el Pleno
Intervenciones en el Pleno y declaraciones por escrito en relación con los debates en el Pleno. Artículo 204 y artículo 171, apartado 11, del Reglamento interno
Informes como ponente
En la comisión parlamentaria competente se designarán ponentes para elaborar informes sobre propuestas de carácter legislativo o presupuestario o sobre otros asuntos. Para elaborar sus informes, los ponentes podrán consultar con los expertos y las partes interesadas pertinentes. Son asimismo responsables de elaborar enmiendas de transacción y negociar con los ponentes alternativos. Una vez aprobados en comisión, los informes se examinan y se someten a votación en el Pleno. Artículo 55 del Reglamento interno
Informes como ponente alternativo/a
Los grupos políticos podrán designar a un ponente alternativo en la comisión competente a fin de que siga la evolución de cada informe y negocie textos de transacción con el ponente. Artículo 215 del Reglamento interno
Opiniones como ponente
Las comisiones podrán elaborar una opinión sobre un informe de la comisión competente en la que tratarán los elementos relacionados con su ámbito de competencias. Los ponentes de estas opiniones serán asimismo responsables de elaborar enmiendas de transacción y negociar con los ponentes de opinión alternativos. Artículo 56, artículo 57 y anexo VI del Reglamento interno
Opiniones como ponente alternativo/a
Los grupos políticos podrán designar a un ponente alternativo para que siga la evolución de cada opinión y negocie textos de transacción con el ponente. Artículo 215 del Reglamento interno
Propuestas de resolución
Los diputados podrán presentar propuestas de resolución individuales sobre asuntos comprendidos en el ámbito de actividades de la UE. Las propuestas serán transmitidas a la comisión competente para su examen. Artículo 143 del Reglamento interno
Preguntas parlamentarias
Podrán presentar preguntas con solicitud de respuesta oral seguida de debate una comisión, un grupo político o, como mínimo, un 5 % de los diputados. Van destinadas a otras instituciones de la Unión. La Conferencia de Presidentes decide sobre la inclusión, y en qué orden, de estas preguntas en el proyecto definitivo de orden del día de una sesión plenaria. Artículo 128 del Reglamento interno
Preguntas a la Mesa, la Conferencia de Presidentes y a los Cuestores
Todo diputado puede presentar al presidente preguntas sobre las respectivas funciones de la Mesa, de la Conferencia de Presidentes o de los Cuestores. Artículo 32, apartado 2, del Reglamento, del Reglamento interno
Preguntas al BCE y relativas al MUS y al MUR
Los diputados podrán formular preguntas con solicitud de respuesta escrita al Banco Central Europeo sobre el Mecanismo Único de Supervisión y el Mecanismo Único de Resolución. Estas preguntas se presentarán previamente al presidente de la comisión competente. Artículo 140, artículo 141 y anexo III del Reglamento interno
Respuestas a las preguntas al BCE y relativas al MUS y al MUR
Respuestas a las preguntas de los diputados al BCE, así como a las preguntas relativas al Mecanismo Único de Supervisión y al Mecanismo Único de Resolución. Artículo 140 y 141 y anexo III del Reglamento interno
Declaraciones por escrito (hasta el 16 de enero de 2017)
**Este instrumento dejó de existir el 16 de enero de 2017**. Una declaración por escrito era una iniciativa sobre una cuestión comprendida en el ámbito de competencias de la Unión. Los diputados disponían de un plazo de tres meses para suscribirla.
Declaraciones
Todas las declaraciones que figuran a continuación han sido firmadas por el diputado, aunque la firma no sea visible en la copia en línea.