Opiniones como ponente - 9ª legislatura Herbert DORFMANN
Las comisiones podrán elaborar una opinión sobre un informe de la comisión competente en la que tratarán los elementos relacionados con su ámbito de competencias. Los ponentes de estas opiniones serán asimismo responsables de elaborar enmiendas de transacción y negociar con los ponentes de opinión alternativos. Artículo 56, artículo 57 y anexo VI del Reglamento interno