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POSICIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO aprobada en primera lectura el 17 de diciembre de 2024 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) 2024/... del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifican los Reglamentos (UE) 2021/1057 y (UE) 2021/1058 en lo que respecta al Apoyo regional urgente para la reconstrucción (RESTORE)

17-12-2024 TC1-COD(2024)0275 2024/0275(COD)

POSICIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO aprobada en primera lectura el 17 de diciembre de 2024 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) 2024/... del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) 2020/2220 en lo que respecta a las medidas específicas adoptadas con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural para proporcionar ayuda adicional a los Estados miembros afectados por desastres naturales

17-12-2024 TC1-COD(2024)0274 2024/0274(COD)

POSICIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO aprobada en primera lectura el 17 de diciembre de 2024 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) 2024/... del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) 2023/1115 en lo que respecta a las disposiciones relativas a la fecha de aplicación

17-12-2024 TC1-COD(2024)0249 2024/0249(COD)

POSICIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO aprobada en primera lectura el 17 de diciembre de 2024 con vistas a la adopción de la Decisión (UE) 2024/... del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Decisión 2008/971/CE del Consejo en lo que respecta a los materiales forestales de reproducción de la categoría «controlados», su etiquetado y el nombre de las autoridades responsables de la autorización y del control de la producción

17-12-2024 TC1-COD(2024)0214 2024/0214(COD)

POSICIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO aprobada en primera lectura el 27 de noviembre de 2024 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) 2024/... del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) 2018/1806 en lo que respecta a Vanuatu

27-11-2024 TC1-COD(2024)0128 2024/0128(COD)

POSICIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO aprobada en primera lectura el 22 de octubre de 2024 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) 2024/... del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el Mecanismo de cooperación con Ucrania en materia de préstamos y se concede una ayuda macrofinanciera excepcional a Ucrania

22-10-2024 TC1-COD(2024)0234 2024/0234(COD)

Contacto

El procedimiento legislativo ordinario

El procedimiento legislativo ordinario

La mayor parte de la legislación europea se adopta mediante el procedimiento legislativo ordinario, que pone en pie de igualdad al Parlamento Europeo y al Consejo en un buen número de asuntos.

Posiciones del Parlamento

Con arreglo al procedimiento legislativo ordinario, el Parlamento Europeo aprueba su posición en primera lectura sobre la base de la propuesta presentada por la Comisión. Si la posición no es aprobada por el Consejo, el Parlamento Europeo podrá adoptar su posición en segunda lectura mediante la adopción de enmiendas a la posición del Consejo.
Por regla general, las posiciones del Parlamento Europeo toman la forma de textos consolidados, en los que se incorporan enmiendas políticas y adaptaciones técnicas a la propuesta de la Comisión (primera lectura) o a la propuesta del Consejo (segunda lectura).
Las posiciones en primera y segunda lectura se transmiten al Consejo y a la Comisión y sirven de base para avanzar en el procedimiento legislativo ordinario.
Para más información: Reglamento (Artículo 203) y procedimiento legislativo ordinario.

Explicación de los símbolos en las posiciones del Parlamento:

  • Textos acordados con el Consejo antes de ser aprobados por el Parlamento:

    Enmiendas políticas: el texto nuevo o modificado se señala en negrita y cursiva y las supresiones se indican con el símbolo ▌. Las adaptaciones técnicas procedentes de la verificación jurídico-lingüística y que no estén relacionadas con las enmiendas políticas no se marcarán.
  • Textos no acordados con el Consejo antes de ser aprobados por el Parlamento:

    Enmiendas políticas: el texto nuevo o modificado se señala en negrita y cursiva y las supresiones se indican mediante texto tachado. El número de las enmiendas individuales se indica claramente entre corchetes. Las adaptaciones técnicas procedentes de la verificación jurídico-lingüística y que no estén relacionadas con las enmiendas políticas no se marcarán.