El Tribunal de Cuentas

El Tribunal de Cuentas Europeo se encarga de la fiscalización de las finanzas de la Unión Europea. Como auditor externo de la Unión, contribuye a mejorar la gestión financiera de esta y actúa como guardián independiente de los intereses financieros de sus ciudadanos.

Base jurídica

  • Artículos 285 a 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
  • Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión (véase, en concreto, el título XIV sobre auditoría externa y aprobación de la gestión presupuestaria).

Estructura

A. Composición

1. Número de miembros

Está compuesto por un miembro por cada Estado miembro (según el Tratado de Niza, que formalizó lo que hasta entonces había sido solo un procedimiento reconocido). Así pues, en principio lo integran veintisiete miembros.

2. Cualificaciones

Los miembros deben reunir los siguientes requisitos:

  • pertenecer o haber pertenecido en sus respectivos Estados a instituciones de control externo o estar especialmente cualificados para esta función;
  • ofrecer absolutas garantías de independencia.

3. Nombramiento

Los miembros son nombrados:

  • por el Consejo, por mayoría cualificada;
  • a propuesta del Estado miembro al que corresponde el puesto, y
  • previa consulta al Parlamento Europeo.

B. Mandato

1. Duración

El mandato es de seis años, renovable.

2. Estatuto

Los miembros del Tribunal de Cuentas gozan de los mismos privilegios e inmunidades que los jueces del Tribunal de Justicia.

3. Obligaciones

Los miembros «ejercerán sus funciones con plena independencia». En particular:

  • no solicitarán ni aceptarán ninguna instrucción exterior;
  • se abstendrán de realizar cualquier acto incompatible con el carácter de sus funciones;
  • no podrán ejercer ninguna otra actividad profesional, retribuida o no;
  • podrán ser relevados de sus funciones por el Tribunal de Justicia si incumplen estas obligaciones.

C. Organización

El Tribunal de Cuentas elige a un presidente de entre sus miembros, por un período de tres años renovable.

El Tribunal de Cuentas se estructura en cinco salas competentes para ámbitos específicos del gasto y para los ingresos:

  • Sala I: Uso sostenible de los recursos naturales,
  • Sala II: Inversión para la cohesión, el crecimiento y la inclusión,
  • Sala III: Acciones exteriores, seguridad y justicia,
  • Sala IV: Regulación de mercados y economía competitiva, y
  • Sala V: Financiación y administración de la Unión.

Cada sala tiene dos ámbitos de competencia: en primer lugar, adoptar informes especiales, informes anuales específicos y dictámenes; y, en segundo lugar, preparar proyectos de observaciones para los informes anuales sobre el presupuesto general de la Unión y el Fondo Europeo de Desarrollo, y proyectos de dictamen para su adopción por el Tribunal de Cuentas en pleno.

En el Tribunal de Cuentas trabajan alrededor de novecientas ochenta personas y su sede se encuentra en Luxemburgo.

Atribuciones

A. Auditorías del Tribunal de Cuentas

1. Ámbito de competencia

El Tribunal de Cuentas es competente para el examen de cualquiera de las cuentas de ingresos o gastos de la Unión o de cualquier organismo de la Unión. El Tribunal de Cuentas lleva a cabo sus auditorías para obtener garantías razonables con respecto a:

  • la fiabilidad de las cuentas anuales de la Unión (auditoría financiera),
  • la legalidad y regularidad de las transacciones subyacentes (auditoría de conformidad), así como
  • la buena gestión financiera (auditoría operativa).

2. Métodos de fiscalización

La fiscalización del Tribunal de Cuentas es permanente y puede efectuarse antes del cierre de las cuentas del ejercicio presupuestario considerado. Normalmente se lleva a cabo a partir de la documentación contable, si bien también puede realizarse, en caso necesario, en las dependencias de:

  • las instituciones y organismos de la Unión,
  • cualquier órgano que gestione ingresos o gastos en nombre de la Unión,
  • cualquier persona física o jurídica que perciba fondos del presupuesto de la Unión.

En los Estados miembros, el control se efectúa en colaboración con las entidades fiscalizadoras superiores nacionales. Las entidades fiscalizadas tienen la obligación de comunicar al Tribunal de Cuentas los documentos o información que este considere necesarios para el cumplimiento de su misión.

El Tribunal de Cuentas no dispone de competencias de investigación. Por lo tanto, informa de los casos de posible fraude y corrupción a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude o a la Fiscalía Europea, que se ocupan de los casos de acuerdo con sus respectivas competencias.

3. Informes de auditoría

A raíz de sus auditorías, el Tribunal de Cuentas publica:

  • informes anuales sobre la ejecución del presupuesto de la Unión y del Fondo Europeo de Desarrollo, incluida la declaración de fiabilidad, con especial hincapié en la conformidad y la regularidad (a más tardar el 15 de noviembre, o con anterioridad); desde 2022, los aspectos relativos al rendimiento se incluyen de nuevo en el marco de los informes anuales y en los informes especiales (a diferencia del período comprendido entre 2019 y 2021, en el que había un informe anual sobre el rendimiento del presupuesto de la Unión),
  • informes anuales específicos relativos a las agencias, los organismos descentralizados y las empresas comunes de la Unión,
  • informes especiales sobre temas de particular interés, en especial sobre cuestiones de buena gestión financiera y sobre ámbitos concretos de gasto o actuación,
  • revisiones que abarcan políticas y cuestiones de gestión desde un ángulo muy amplio, presentan un análisis de ámbitos o cuestiones que aún no han sido objeto de auditoría o establecen una base fáctica sobre determinados temas.

B. Competencias consultivas

Según el artículo 287, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, las demás instituciones pueden solicitar dictamen al Tribunal de Cuentas siempre que lo consideren oportuno. El dictamen del Tribunal de Cuentas es obligatorio cuando el Consejo:

  • adopta normas financieras por las que se determinan las modalidades de establecimiento y ejecución del presupuesto, así como las referentes a la rendición y censura de cuentas,
  • fija las modalidades y el procedimiento con arreglo a los cuales deberán ponerse a disposición de la Comisión los recursos propios de la Unión,
  • determina las normas relativas a la responsabilidad de los interventores, de los ordenadores de pagos y de los contables o
  • adopta medidas contra el fraude.

Informes anuales del Tribunal relativos a 2022

A. Informe Anual del Tribunal de Cuentas relativo al ejercicio 2022

El porcentaje global de error para los gastos aumentó del 3,0 % en 2021 al 4,2 % en 2022. El 66 % de los gastos auditados fueron gastos de alto riesgo, lo que quiere decir sobre todo pagos basados en reembolsos, para los cuales son de aplicación complicadas normas y criterios de subvencionabilidad. Los pagos de este tipo se realizan a menudo en el marco de la política de cohesión y de los programas de desarrollo rural, cuya gestión comparten la Comisión y los Estados miembros.

Se estima que el nivel de error en esta clase de pagos es del 6 %, en comparación con el 4,7 % en 2021 y el 4,0 % de 2020, lo que se sitúa por encima del umbral de materialidad y permitió clasificarlo como «generalizado», por lo que el Tribunal de Cuentas, por cuarto año consecutivo, emitió una opinión desfavorable (en vez de una con reservas, como hizo en los ejercicios 2016, 2017 y 2018) sobre la regularidad de las operaciones subyacentes y puso de relieve los problemas persistentes a los que se ha de dar respuesta.

Además de su auditoría del gasto con cargo al presupuesto ordinario de la Unión, el Tribunal emitió un dictamen específico sobre los gastos en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), y mantendrá esta práctica durante el período de vigencia del fondo. La financiación del MRR se desembolsa una vez que se han alcanzado determinados hitos y objetivos. El Tribunal auditó los 13 pagos de subvenciones realizados en 2022 por valor de 46 900 millones EUR, incluida la correspondiente liquidación de prefinanciación de 6 800 millones EUR, y comprobó si se habían alcanzado los 281 hitos y objetivos relativos a estos, teniendo en cuenta las evaluaciones preliminares de la Comisión. Constató que quince de los 281 hitos y objetivos se habían visto afectados por problemas de regularidad y no se habían alcanzado de forma satisfactoria o no cumplían con las condiciones de subvencionabilidad. Aunque se estima que la incidencia financiera mínima se aproxima al umbral de materialidad, no se indica ningún porcentaje de error, ya que la metodología de la Comisión para suspender pagos se basa en resoluciones y, por lo tanto, está abierta a interpretación. El Tribunal recomienda que la Comisión mejore las evaluaciones preliminares y las auditorías ex post a fin de garantizar: a) que los pagos se realicen dentro de los períodos de subvencionabilidad y que las subvenciones no se utilicen para sustituir el gasto presupuestario nacional recurrente; y b) que los hitos y objetivos anteriormente cumplidos no se hayan revertido. Asimismo, la Comisión debe comprobar que los planes de recuperación y resiliencia nacionales revisados definan claramente todos los hitos y objetivos, y abarquen todos los elementos clave de una medida.

B. Rendimiento del presupuesto de la UE — Capítulo 3 del Informe anual

Para 2019, 2020 y 2021, el Tribunal dividió su informe anual en dos, como parte de un proyecto piloto; en primer lugar, su informe anual, centrado en la fiabilidad de las cuentas comunitarias y la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes y, en segundo lugar, un informe sobre el rendimiento de los programas de gasto presupuestario de la Unión.

En 2022, el Tribunal dejó de elaborar el informe anual sobre el rendimiento y reintegró los aspectos relativos al rendimiento en el capítulo 3 del informe anual. Este capítulo ofrece una visión general de los resultados de 28 informes especiales del Tribunal aprobados en 2022 relativos a cinco ámbitos estratégicos, a saber, i) la respuesta a la COVID-19, ii) la competitividad, iii) la resiliencia y los valores europeos, iv) el cambio climático, el medio ambiente y los recursos naturales, y v) las políticas presupuestarias y las finanzas públicas. Tras el resumen de los mensajes clave para cada ámbito, el informe anual ofrece ejemplos de acciones de la Comisión en el seguimiento de los informes especiales y resume las respuestas del Parlamento Europeo y del Consejo.

Papel del Parlamento Europeo

El Tribunal de Cuentas se creó en 1977 a iniciativa del Parlamento y se convirtió en institución de la Unión en 1993. Desde entonces, ha asistido al Parlamento y al Consejo en el ejercicio de sus funciones de control de la ejecución del presupuesto. Los informes anuales y los informes especiales constituyen la base del ejercicio de aprobación anual de la gestión del presupuesto por parte del Parlamento.

Se invita a los miembros del Tribunal a que presenten sus informes en las reuniones de comisión y a responder a las preguntas planteadas por los diputados, principalmente en la Comisión de Control Presupuestario del Parlamento (CONT), pero también en reuniones conjuntas de la Comisión CONT con una o más comisiones especializadas o, a veces, en casos de interés limitado para la Comisión CONT, solo en una comisión especializada. Cada año, el Tribunal de Cuentas y la Comisión CONT mantienen reuniones en las que los miembros de dicha comisión tratan con los miembros del Tribunal sus prioridades políticas, el programa de trabajo anual del Tribunal, las modalidades precisas de cooperación, etc. Una vez al año, el presidente del Tribunal de Cuentas asiste a una reunión de la Conferencia de Presidentes de Comisión del Parlamento Europeo para presentar el programa de trabajo anual del Tribunal e invitar a todas las comisiones a presentar sus sugerencias para el siguiente ejercicio de programación. El Parlamento también formula sugerencias sobre estas cuestiones en sus Resoluciones anuales sobre la aprobación de la gestión del Tribunal de Cuentas.

Asimismo, cabe señalar que la Comisión CONT celebra una audiencia con los candidatos propuestos para ser miembros del Tribunal de Cuentas. Además, los conocimientos especializados del Tribunal de Cuentas son de gran utilidad para los diputados cuando estos han de elaborar legislación en materia financiera.

Para obtener más información sobre este tema, visite el sitio web de la Comisión de Control Presupuestario.

 

Vera Milicevic