Cooperación territorial europea

La cooperación territorial europea es el objetivo de la política de cohesión que persigue solucionar problemas transfronterizos y desarrollar de forma conjunta el potencial de los distintos territorios. Las acciones de cooperación reciben el apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) a través de tres componentes principales: cooperación transfronteriza, cooperación transnacional y cooperación interregional.

Base jurídica

Artículo 178 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y Reglamento (UE) n.o 1299/2013, de 17 de diciembre de 2013.

Disposiciones generales

La cooperación territorial europea ha formado parte de la política de cohesión desde 1990. Para el período de programación 2014-2020, y por primera vez en la historia de la política de cohesión europea, se adoptó un Reglamento específico que cubre las acciones de cooperación territorial europea que reciben apoyo del FEDER. Esta práctica se ha mantenido en el período 2021-2027.

La cooperación territorial europea es el objetivo de la política de cohesión concebido para solucionar aquellos problemas que trascienden las fronteras nacionales y requieren una solución común, y para desarrollar de forma conjunta el potencial de los distintos territorios.

El período 2021-2027 marca una evolución adicional de la cooperación interregional (Interreg), con una cooperación reforzada con los países socios a través del Instrumento de Ayuda Preadhesión (IAP) y de Interreg NEXT, y la integración de un capítulo específico para la cooperación entre las regiones ultraperiféricas de la Unión y sus países vecinos.

Cooperación territorial europea en el período 2021-2027

En 2021, la Unión inició un nuevo período de programación plurianual. Las normas para la cooperación territorial europea en el período 2021-2027 se establecieron en un Reglamento sobre disposiciones específicas para el objetivo de cooperación territorial europea (Reglamento Interreg). Los principales objetivos para fomentar la cooperación territorial durante este período son reforzar la gobernanza colaborativa y garantizar la seguridad y la protección de Europa. En el período 2021-2027, la cooperación territorial europea tiene cuatro componentes (capítulos):

  • La cooperación transfronteriza (capítulo A de Interreg) apoya la cooperación entre regiones NUTS (nomenclatura de unidades territoriales estadísticas) III de al menos dos Estados miembros diferentes situadas directamente en las fronteras o adyacentes a ellas. Su objetivo es abordar los retos comunes identificados conjuntamente en las regiones fronterizas y aprovechar el potencial de crecimiento sin explotar en las zonas fronterizas, mejorando al mismo tiempo el proceso de cooperación a efectos del desarrollo armonioso del conjunto de la Unión.
  • La cooperación transnacional (capítulo B de Interreg) permite la cooperación en territorios transnacionales más grandes o en torno a cuencas marítimas e implica a socios de programas nacionales, regionales y locales de los Estados miembros, y, en algunos programas, también de países no pertenecientes a la Unión (como Islandia y Liechtenstein), países socios de la ampliación y de la política de vecindad y países y territorios de ultramar (PTU), con vistas a lograr un mayor grado de integración territorial. La cooperación transnacional llevada a cabo por las regiones ultraperiféricas se inscribe en un capítulo aparte. El capítulo B de Interreg apoya una amplia gama de inversiones en proyectos relacionados con la innovación y las transiciones ecológica y digital.
  • La cooperación interregional (capítulo C de Interreg) funciona a nivel paneuropeo y abarca a todos los Estados miembros de la Unión y los Estados socios. Crea redes para desarrollar buenas prácticas y facilitar el intercambio y la transferencia de la experiencia de las regiones de éxito. Es una herramienta para reforzar la cohesión y superar los retos actuales y futuros.
  • La cooperación de las regiones ultraperiféricas (capítulo D de Interreg) tiene por objeto permitir que las regiones ultraperiféricas cooperen con sus países y territorios vecinos de la manera más eficiente y sencilla posible. A tal fin, el Reglamento Interreg ofrece la posibilidad de gestionar tanto los fondos externos como el FEDER con arreglo al mismo conjunto de normas. Por consiguiente, en el marco del capítulo D, pueden ponerse en marcha convocatorias de propuestas para la financiación combinada a través del FEDER y el Instrumento de Vecindad, Cooperación al Desarrollo y Cooperación Internacional, que es el principal instrumento de la Unión para las asociaciones internacionales en materia de desarrollo sostenible, cambio climático, democracia, gobernanza, derechos humanos, paz y seguridad en los países vecinos de la Unión.

El Reglamento también establece una cooperación fuera de la Unión para promover el desarrollo sostenible y las relaciones de buena vecindad entre los Estados miembros y los países candidatos y vecinos, así como entre las regiones ultraperiféricas de la Unión y sus vecinos. Los programas de cooperación exterior de la Unión la abarcan a ella y a sus países vecinos y contribuyen a los objetivos de tres políticas de la Unión: la política de cohesión, la política de ampliación y la política de vecindad. También abarca la cooperación con los Balcanes Occidentales y Turquía a través del IAP, establece los preparativos para la futura adhesión a la Unión y apoya el proceso de adhesión. Tras la invasión rusa de Ucrania y en consonancia con las medidas restrictivas de la Unión, la Comisión ha suspendido la cooperación con Rusia y Bielorrusia en el marco de los programas de cooperación transfronteriza del Instrumento Europeo de Vecindad y su participación en los programas Interreg NEXT 2021-2027.

Durante el período de programación 2021-2027, se asignarán a la cooperación territorial europea alrededor de 8 000 millones EUR (a precios de 2018, es decir, en términos del valor de la moneda en 2018). Estos recursos se reparten del siguiente modo:

  1. el 72,2 % (es decir, un total de 5 812 790 000 EUR) para la cooperación transfronteriza terrestre y marítima;
  2. el 18,2 % (es decir, un total de 1 466 000 000 EUR) para la cooperación transnacional;
  3. el 6,1 % (es decir, un total de 490 000 000 EUR) para la cooperación interregional;
  4. el 3,5 % (es decir, un total de 281 210 000 EUR) para la cooperación de las regiones ultraperiféricas.

Papel del Parlamento Europeo

Dado que al Reglamento Interreg le corresponde el procedimiento legislativo ordinario, el Parlamento Europeo ha podido codecidir sobre su contenido en pie de igualdad con el Consejo. Al negociar la política de cohesión para el período 2021-2027, el Parlamento Europeo abogó por un presupuesto más amplio para los programas de cooperación territorial europea y unas normas y procedimientos más sencillos. El Parlamento Europeo promovió activamente un mayor apoyo a proyectos pequeños e interpersonales, así como una mayor atención a las cuestiones climáticas y sociales. El Parlamento Europeo también prestó especial atención a los retos específicos de las regiones ultraperiféricas.

En 2018, la Comisión propuso un Reglamento sobre un mecanismo transfronterizo europeo para abordar los obstáculos jurídicos y administrativos en los contextos transfronterizos. Propuso un mecanismo voluntario para las fronteras terrestres vecinas de la Unión a fin de facilitar proyectos conjuntos, permitiendo la aplicación de la legislación de los Estados miembros vecinos cuando fuera necesario. Aunque el Parlamento aprobó la propuesta de la Comisión, el Consejo no lo hizo. Debido a las preocupaciones planteadas por los Estados miembros sobre su carácter voluntario, la carga administrativa, el reconocimiento de los mecanismos existentes y las implicaciones de Derecho constitucional, el Consejo decidió en última instancia detener sus trabajos sobre la propuesta.

Durante los dos años siguientes, la Comisión de Desarrollo Regional concentró sus esfuerzos, bien para conseguir que el Consejo volviera a embarcarse en la propuesta, bien para motivar a la Comisión para que la modificara. Finalmente, en septiembre de 2023, el Parlamento aprobó una Resolución en la que solicitaba a la Comisión que presentara una propuesta modificada para lograr un equilibrio entre los dos colegisladores. Habida cuenta de las tendencias recientes en la movilidad laboral dentro de la Unión y de la necesidad de hacer frente a los retos demográficos, sociales, económicos y medioambientales, el Parlamento considera que la Unión debe redoblar sus esfuerzos para superar los obstáculos transfronterizos. La Resolución pide un marco de coordinación racionalizado para eliminar eficazmente los obstáculos jurídicos y administrativos, la duplicidad del trabajo y las cargas administrativas innecesaria.

A raíz de la Resolución del Parlamento, la Comisión publicó una propuesta modificada en diciembre de 2023. La propuesta modificada tiene en cuenta las preocupaciones y las recomendaciones formuladas por los dos colegisladores, al tiempo que mantiene su enfoque original de resolver los obstáculos que afectan a las comunidades transfronterizas. La propuesta propone un procedimiento nuevo, mejorado y simplificado, y prevé un flujo de trabajo más sencillo, en consonancia con las sugerencias formuladas por el Parlamento en su Resolución. Con arreglo a la propuesta, cuando surjan obstáculos, y a falta de un acuerdo de cooperación bilateral o internacional, los Estados miembros pueden utilizar la herramienta de facilitación transfronteriza para abordar cuestiones administrativas y jurídicas en las regiones transfronterizas. Sin embargo, la superación de los obstáculos seguiría siendo responsabilidad de las autoridades nacionales. También propone la creación de una red de puntos de coordinación transfronteriza para el intercambio de buenas prácticas y de conocimientos. El Parlamento y el Consejo negociarán ahora la propuesta de la Comisión.

Para obtener más información sobre este tema, visite el sitio web de la Comisión de Desarrollo Regional.

 

Kelly Schwarz